Código de Conducta 2022-23
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Índice
Reportar una mala conducta estudiantil
Código de expectativas estudiantiles
Resumen del código disciplinario
Categorías de comportamientos estudiantiles
Ejemplos de respuestas escalonadas en la disciplina estudiantil
Estudiantes retirados de la clase por el docente
Notificaciones legales para estudiantes y padres de familia
Introducción
La Constitución de Virginia le confiere a la Junta Escolar local la autoridad de supervisar la operación de las escuelas públicas bajo su control. Dicha autoridad incluye el poder para supervisar y disciplinar a los estudiantes.
La Junta Escolar del Condado de Prince William procura proteger los derechos de todos sus estudiantes a una educación que se adecúe a sus habilidades, intereses, valores y metas, proporcionando garantías para la salud, la seguridad y los derechos de cada estudiante y empleado de las escuelas, y para protección de las instalaciones escolares.
No obstante, la tarea de capacitar y educar a los jóvenes debe ser compartida por todos los miembros de la comunidad escolar – estudiantes, personal docente profesional, administradores, personal de apoyo educacional especializado y padres de familia —quienes tienen la responsabilidad de acatar las reglas de la escuela y salvaguardar la integridad del proceso educativo.
Es responsabilidad de los padres preparar a los alumnos para asumir responsabilidades en el entorno escolar; esto incluye la responsabilidad de aprender y demostrar una conducta que no infrinja la seguridad y los derechos de los demás (ver información adicional en «Familias como socios»). La escuela tiene el derecho de esperar un comportamiento razonable y disciplinado de parte de cada estudiante. Debido a que la autodisciplina no se puede imponer desde afuera, se permitirá a los estudiantes un cierto grado de libertad de elección y acción para desarrollar sus talentos y habilidades individuales.
El Código de Virginia, en su sección 22.1-78, estipula que: «Una junta escolar puede adoptar estatutos y reglamentos que incluyen, entre otros aspectos, la disciplina apropiada de los estudiantes, y hasta incluso su conducta cuando van o regresan de la escuela». Las reglas de la Junta Escolar que rigen la conducta estudiantil se resumen en el Código de Conducta y también se abordan en las normativas y reglamentos de las Escuelas Públicas del Condado de Prince William.
Las disposiciones de este Código de Conducta se aplican cuando los alumnos están participando en las siguientes actividades:
- durante la asistencia regular a la escuela y siempre que esté presente en la propiedad escolar o virtualmente;
- en actividades escolares en una propiedad que pertenece a la Junta Escolar, lo que incluye los programas Cuidado de Niños en Edad Escolar (SACC) y Next Generation;
- en el camino de ida y vuelta a la escuela y en las paradas del autobús;
- en los autobuses escolares y en las paradas de autobús;
- en casos que involucren actividades en otro lugar patrocinadas por la escuela, tales como excursiones, eventos deportivos y actividades de clubes; y
- cuando la conducta de un estudiante fuera o dentro de las instalaciones escolares tiene un efecto material en la operación o el bienestar general de la división escolar; cuando afecta la integridad del proceso educativo; cuando amenaza la seguridad y el bienestar de los estudiantes, del personal o de la propiedad escolar; cuando esta conducta ocurre mientras el alumno se encuentra bajo la responsabilidad de la escuela en representación de los padres o que de alguna manera perjudique los derechos de los estudiantes y del personal escolar.
La superintendenta podrá, por causas justificadas, aprobar modificaciones a los procedimientos establecidos en el Código de Conducta en su forma actual, siempre y cuando no se infrinjan los derechos básicos de los alumnos, de los padres, de la comunidad en general y/o del personal escolar. Una causa justificada significa proteger la salud, seguridad, bienestar y oportunidades educativas de los estudiantes en el sistema escolar.
Tenga en cuenta que: * Utilizamos la palabra «padres» o la frase «padres de familia» en todo el documento para referirnos a padres/madres biológicos/as, padres adoptivos/as o tutores legales. Para los propósitos de esta publicación, cuando se hace referencia a la «Junta Escolar» debe entenderse que es para indicar la Junta Escolar del condado de Prince William.
Reportar una mala conducta estudiantil
Los estudiantes, plana docente, el personal y los padres comparten la responsabilidad de crear un ambiente ordenado y seguro en la escuela.
Información sobre drogas, armas u otros factores que puedan ser perjudiciales para el ambiente escolar deben reportarse a través del sistema de denuncia anónima «Say Something» (SS-ARS, por sus siglas en inglés). SS-ARS está diseñado específicamente para estudiantes del sexto al 12º grado y el personal para reportar cualquier inquietud grave o potencialmente violenta de comportamiento inseguro o amenazas de daño a sí mismo o a los demás. Say Something es un programa de prevención de la violencia juvenil de Sandy Hook Promise y es brindado sin costo alguno para PWCS.
Los «informantes» pueden reportar sobre cualquier problema, desde amenazas escolares que han visto o escuchado hasta crisis personales, lo cual incluye acoso sexual, autolesiones y depresión. El sistema permite a los administradores escolares y a las fuerzas del orden crear intervenciones efectivas e intervenir en casos de personas en riesgo para ayudar a prevenir la violencia, el suicidio, la intimidación o acoso, la autolesión y otras formas de comportamiento peligroso.
Todos los reportes enviados reciben una respuesta inmediata de uno de los asesores de crisis altamente calificados del Centro Nacional de Crisis Sandy Hook Promise; esta persona luego determina los pasos de apoyo necesarios. Cuando se reciben pistas creíbles que pongan en peligro la vida o impliquen una amenaza inminente, el centro de crisis se pondrá inmediatamente en contacto con el despacho local del 911 e involucrará a las fuerzas del orden público, luego notificará al personal de la oficina central y a los representantes de la escuela, incluso fuera de horario. Si ven una señal de advertencia o una amenaza, usen las siguientes sugerencias para reportar dicha información:
Si ven una señal de advertencia o una amenaza, usen las siguientes sugerencias para reportar dicha información:
- usar este código QR
- enviar el texto TIP al 79975
- los usuarios pueden hacer un reporte anónimo llamando a 1-844-5-SAYNOW o visitando www.SaySomething.net.
- descargar la aplicación gratuita desde App Store o Google Play Store, donde se pueden enviar reportes al instante; una vez descargada, se les pedirá que escriban un código de 4 dígitos que sea fácil de recordar.
- el acoso u otras formas de discriminación deben reportarse al administrador de la escuela o al departamento de Equidad y Relaciones Estudiantiles a TitleIXEquity@pwcs.edu o 571-374-6839
Roles y responsabilidades
Junta Escolar del Condado de Prince William
El Código de Conducta ha sido establecido para las Escuelas Públicas del Condado de Prince William (PWCS, por sus siglas en inglés). La Junta Escolar, actuando a través de la superintendenta, responsabiliza a todos los empleados de supervisar a los estudiantes cuando están legalmente bajo la supervisión de la escuela. La Junta Escolar responsabiliza a todos los estudiantes de tener una conducta apropiada, tal como se define en las normativas y reglamentos de la Junta Escolar, y que se resume en el Código de Conducta de PWCS Las normativas y reglamentos que rigen la conducta y la disciplina estudiantil pueden encontrarse dentro de las normativas y reglamentos que se encuentran en línea en www.pwcs.edu.
Todos los trabajadores de PWCS deben mantener los estándares éticos más elevados y son responsables por sus acciones. Por lo tanto, todo el personal debe cumplir con las normativas y reglamentos establecidos por la Junta Escolar.
La Junta Escolar delega la responsabilidad en los padres de leer el Código de Conducta y toda normativa o reglamento mencionado en el mismo para promover el comportamiento estudiantil apropiado.
Departamento de Administración Estudiantil y Programas Alternativos (SMAPD)
Tal como se describe en la normativa 747, « Departamento de Administración Estudiantil y Programas Alternativos (SMAPD)», la Junta Escolar del Condado de Prince William ha designado a SMAPD para que coordine los esfuerzos de la división escolar en proporcionar un ambiente escolar seguro que sea propicio para enseñar y aprender. Los objetivos de SMAPD son los siguientes:
- resolver las infracciones disciplinarias graves de los estudiantes;
- ofrecer una variedad de oportunidades educativas que aborden las distintas necesidades de los estudiantes de los grados K-12 y de los estudiantes adultos;
- promover un entorno educativo seguro y propicio para la enseñanza y el aprendizaje, y libre de violencia, conflictos e interrupciones innecesarias;
- disminuir el número de suspensiones a largo plazo y expulsiones a través de un proceso que proporcione mayores oportunidades de educación no tradicional y alternativa;
- supervisar y conducir los trámites de debido proceso aplicables a la suspensión a largo plazo, expulsión, exclusión y readmisión de estudiantes, y coordinar cualquier apelación a la Junta Escolar; y
- determinar los servicios, programas y colocaciones educativas apropiadas para los alumnos de educación regular que están sujetos al proceso disciplinario de SMAPD.
Equipo educativo
Aunque la disciplina es finalmente responsabilidad de cada persona, la implementación de un buen programa disciplinario requiere un esfuerzo cooperativo. Se tendrá un enfoque equitativo y preventivo a la disciplina en un esfuerzo por clarificar reglas de conducta, evaluar efectivamente las necesidades de un estudiante e identificar cualquier factor significativo que pueda contribuir a una conducta indeseable por parte del alumno. El director de la escuela es el líder educativo responsable del desarrollo de expectativas de disciplina para su escuela que sea consistente con las normativas y reglamentos de la Junta Escolar y el Código de Conducta. Los administradores, docentes y el personal de apoyo trabajan juntos para asegurar los derechos y responsabilidades de cada alumno en la división escolar.
El equipo educativo es responsable de:
- proporcionar un ambiente escolar seguro y positivo;
- proporcionar un ambiente psicológico favorable para el aprendizaje;
- estimular la autodisciplina;
- proporcionar una atmósfera de respeto mutuo;
- tratar a cada estudiante como una persona en función de sus necesidades;
- estimular, orientar y evaluar el progreso de los estudiantes;
- iniciar y mantener una buena comunicación con los padres;
- a comienzos de cada año escolar, conversar sobre el Código de Conducta con los alumnos y repasarlo periódicamente durante el año escolar;
- formular e implementar reglas y reglamentos escolares de acuerdo con normativas y reglamentos de la Junta Escolar y el Código de Conducta en todo el entorno escolar;
- proporcionar instrucción y copias del Código de Conducta a todos los estudiantes nuevos que se matriculan durante el año escolar;
- desarrollar un plan de acción, cuando sea posible, basado en las necesidades del alumno y del ambiente escolar; y
- mantener los expedientes académicos de los estudiantes, incluyendo un archivo de acciones disciplinarias relativas al estudiante. Tales archivos pueden contener información relacionada con un arresto policial o una acción judicial si el alumno estuvo implicado en un acto ilegal.
Los administradores escolares son responsables de dar el seguimiento apropiado cuando un estudiante denuncia un caso de mala conducta que infringe el Código de Conducta. Los docentes, consejeros y personal de apoyo educativo son responsables de asistir a los alumnos para obtener la ayuda necesaria por parte de la administración. Todas las respuestas del personal de la escuela a las denuncias de los estudiantes deben ser documentadas.
Familias como socios en la educación
Es importante reconocer la asociación entre las escuelas y las familias para crear entornos de aprendizaje seguros y eficaces, y promover el desarrollo socioemocional de los niños. Las Escuelas Públicas del Condado de Prince William enfatizan la importancia de la comunicación positiva entre las familias y los educadores, y alientan diferentes maneras para que las familias comuniquen sus inquietudes, proporcionen sugerencias y tengan acceso a información sobre sus hijos para crear una asociación positiva entre las familias y las escuelas, fortaleciendo así la comunidad escolar.
Bajo la ley de Virginia, los padres tienen el deber de:
- ayudar a la escuela para hacer cumplir las normas de conducta estudiantil y asistencia escolar obligatoria, de modo que la educación pueda impartirse en un ambiente sin interrupciones ni amenazas para las personas o la propiedad, y apoyar los derechos de cada persona [Código de Virginia, sección 22.1-279.3 (A)];
- revisar y conocer el Código de Conducta, fomentar la conducta estudiantil apropiada, ayudar a la escuela con la disciplina del alumno y reunirse, si fuera solicitado, con las autoridades escolares para conversar sobre asuntos relacionados con la disciplina y la asistencia escolar;
- firmar una declaración que constate que saben cuáles son sus responsabilidades; dicha declaración se encuentra en el plan para el nuevo año escolar que está en ParentVUE;
- hacer una revisión anual del Código de Conducta y otros acuses de recibo legales necesarios inmediatamente antes del inicio de las clases o durante las primeras semanas del año escolar;
- asegurarse de que el estudiante se vista apropiadamente para ir a la escuela según lo establece el código de vestimenta, el cual es elaborado en las escuelas de manera colaborativa por los alumnos, los padres de familia y el personal escolar;
- proporcionar libros, materiales, instrumentos, uniformes y equipo, según se requiera, para la buena participación en el programa escolar;
- estar al tanto de los requisitos de promoción y graduación, según lo estipula cada año el catálogo de cursos de las escuelas intermedias y secundarias;
- proporcionar información de emergencia actualizada, lo que incluye número de teléfono, para que la escuela pueda tener contacto inmediato con los padres en caso de emergencia;
- al hacer la matrícula inicial en la escuela, proporcionar copia certificada de la partida de nacimiento del estudiante y/o documentación de inmigración, examen médico y expediente de la serie completa de vacunas;
- entender que las drogas y las armas, tal como se describen en el Código de Conducta, no serán toleradas en actividades escolares en propiedad que pertenece a la Junta Escolar; en el camino de ida y vuelta a la escuela y paradas de autobús; en autobuses escolares y en las paradas de autobuses; en casos relacionados con actividades patrocinadas por la escuela fuera del edificio escolar como, por ejemplo, excursiones escolares, eventos deportivos y actividades de clubes; y que los infractores están sujetos a sanciones correctivas que pueden incluir hasta la expulsión; y
- consultar las referencias a avisos legales para estudiantes y padres que están en «Notificaciones legales para estudiantes y padres de familia».
(Los padres pueden expresar su desacuerdo con las normativas o decisiones de la escuela o de la división escolar. Los estudiantes/padres también conservan el derecho de apelar una suspensión o expulsión según la sección 22.1-277.04-06 del Código de Virginia).
Personal docente profesional
De acuerdo con los Estándares para la Acreditación de Virginia 8VAC20-131-220, «El personal docente profesional será responsable de proveer instrucción que sea educacionalmente sólida en una atmósfera de cortesía y respeto mutuo…». Los docentes son responsables de establecer y mantener un ambiente seguro y acogedor que sea apropiado en cuanto a desarrollo y cultura, y que promueva el desarrollo académico, socioemocional y la buena conducta de los estudiantes. Establecer relaciones positivas con los estudiantes basadas en la confianza y el respeto mutuo ha demostrado tener algunos de los mejores efectos positivos para lograr que el alumno tenga un buen rendimiento académico y una buena conducta.
Establecer relaciones requiere «habilidades específicas por parte del maestro, tales como saber escuchar, tener empatía, ser solícito y tener una visión positiva hacia los demás». El impacto de las variables en la relación maestro-alumno incluye logros en lo que respecta a la buena conducta, pensamiento crítico/creativo, matemáticas, habilidades matemáticas y verbales, y calificaciones en general.
Debido a que existe una correlación entre el comportamiento del estudiante, el ambiente escolar positivo, el rendimiento académico y, en un esfuerzo por mantener a los estudiantes en las aulas con instrucción ininterrumpida, las responsabilidades de los docentes incluyen:
- establecer relaciones positivas;
- crear un ambiente físico seguro y positivo;
- enseñar (y volver a enseñar cuando sea necesario) las expectativas en lo que respecta a la conducta;
- reforzar la conducta positiva;
- ofrecer comentarios didácticos sobre diferentes conductas;
- utilizar el marco de intervención por niveles y apoyos para los estudiantes que no están cumpliendo con las expectativas de conducta;
- reconocer el estrés individual, las reacciones que pueden empeorar el comportamiento del estudiante y las predisposiciones personales; y
- usar la información individual y del aula para monitorear el progreso de la conducta estudiantil y las respuestas del docente a la conducta.
Si un estudiante no está cumpliendo con las expectativas de conducta y el maestro ha implementado intervenciones en el aula o en la escuela, como se describe en los procedimientos escolares, el maestro puede solicitar que se retire a un alumno de la clase.
Personal de apoyo educativo especializado (SISP)
La Guía modelo para una política positiva y preventiva del código de conducta estudiantil y alternativas a la suspensión de la Junta de Educación de Virginia (revisada en junio de 2021) reconoce que los profesionales de SISP tienen un rol directo en promover y apoyar un ambiente escolar positivo que se centre en la prevención, intervención y apoyo para ayudar a los alumnos a cumplir las expectativas de comportamiento del Código de Conducta.
Consejeros escolares
Los programas de consejería escolar apoyan los Estándares de Aprendizaje de Virginia ofreciendo orientación a los alumnos en su desarrollo académico, profesional, personal y social. Los consejeros escolares colaboran con los padres, maestros, administradores y otras personas para incentivar el aprendizaje y ayudar a los estudiantes a establecer y alcanzar sus metas educativas, profesionales y personales usando los siguientes estándares:
- Desarrollo académico – Los estudiantes adquirirán la preparación académica esencial para elegir entre una variedad de opciones educativas, de capacitación y de empleo al terminar la escuela secundaria.
- Desarrollo profesional – Los estudiantes investigarán el mundo del trabajo para tomar decisiones informadas con respecto a una profesión.
- Socioemocional – Los estudiantes aprenderán a respetarse a sí mismos y a los demás, y adquirirán las habilidades necesarias para ser ciudadanos responsables.
Trabajadores sociales escolares
Los trabajadores sociales escolares «tienen experiencia particular en entender los sistemas de las familias y comunidades, y en vincular a los estudiantes y sus familias con los servicios comunitarios que son esenciales para promover el éxito estudiantil.
- Ellos trabajan para remediar las barreras al aprendizaje creadas por la pobreza, la atención médica inadecuada y la violencia en el vecindario. Los trabajadores sociales escolares a menudo se centran en proporcionar apoyo a las poblaciones vulnerables de estudiantes que tienen un alto riesgo de ausentismo y abandono escolar, tal como los niños sin hogar y niños de acogida, las poblaciones migrantes, los estudiantes que están en transición entre la escuela y los programas de tratamiento o el sistema judicial de menores o los estudiantes que sufren violencia doméstica.
- Ellos trabajan en estrecha colaboración con docentes, administradores, padres y otros educadores para proveer intervenciones coordinadas y consultas diseñadas para mantener a los estudiantes en la escuela y ayudar a sus familias a recibir los apoyos necesarios para promover el éxito estudiantil.1
Psicólogos escolares
Los psicólogos escolares tienen capacitación especializada que les permite entender y trabajar con los alumnos sobre su progreso académico, conducta, desarrollo socioemocional y relaciones.
- «Los psicólogos escolares se especializan en analizar problemas estudiantiles y escolares complejos y en seleccionar e implementar intervenciones apropiadas basadas en pruebas para mejorar los resultados en el hogar y en la escuela».2
- Ellos pueden hablar con los docentes y los padres para coordinar servicios y apoyos para satisfacer las necesidades académicas, sociales y de conducta.
- Su capacitación para hacer evaluaciones de riesgos y amenazas y para realizar evaluaciones, recolectar datos e interpretarlos puede facilitar la identificación e implementación de los apoyos que los estudiantes pueden necesitar para asegurar su éxito.
1 Cowan, K.C., Vaillancourt, K., Rossen, E. y Pollitt, K. (2013) Un marco para escuelas seguras y exitosas [Resumen]. Bethesda, MD: Asociación Nacional de Psicólogos Escolares, pág. 9.
Enfermeros/as escolares
La enfermera escolar evalúa y proporciona atención de emergencia, maneja condiciones de salud agudas y crónicas, refiere al alumno según corresponda y brinda apoyo para que el alumno reciba atención médica, servicios preventivos, medidas de control de enfermedades transmisibles, consejería para la promoción sanitaria e identificación y manejo de los obstáculos que impiden el aprendizaje estudiantil.
Personal no certificado
- Todos los miembros de la comunidad escolar deben participar y ser responsables de crear un ambiente escolar positivo.
- Todo empleado escolar tiene la responsabilidad de garantizar un ambiente de aprendizaje seguro, acogedor y productivo.
Agentes/personal del orden
El oficial de policía escolar (SRO) se define en la sección 9.1-101 del Código de Virginia como «un oficial del orden certificado contratado por la agencia del orden local para proporcionar servicios de cumplimiento de la ley y seguridad a las escuelas públicas primarias y secundarias de Virginia». Sin embargo, los agentes de la ley no son disciplinadores escolares. Su función en las Escuelas Públicas del Condado de Prince William es promover un clima escolar positivo y de apoyo y crear y mantener entornos seguros, enfocándose en incidentes que pueden involucrar una infracción de la ley criminal, mientras que los administradores escolares se centran en determinar si la conducta estudiantil infringe las disposiciones del Código de Conducta.
Derechos de los alumnos
La Constitución y las leyes de los Estados Unidos y del estado de Virginia otorgan a los alumnos muchos derechos y libertades legales. Las normativas y los reglamentos de la Junta Escolar también proporcionan a los alumnos muchos privilegios, de acuerdo con su edad y nivel de madurez. Los alumnos pueden ejercer estos derechos y privilegios siempre que no interfieran con los derechos de los demás ni con la capacidad de las escuelas de proporcionar un ambiente de aprendizaje seguro.
Los estudiantes de las Escuelas Públicas del Condado de Prince William tienen derecho a:
- escuelas, oficinas y aulas que sean acogedoras, que enriquezcan y mejoren las relaciones positivas;
- un plan de estudios e instrucción que promueva oportunidades para experiencias educativas exigentes;
- asistir a escuelas que sean acogedoras, seguras y que propicien un ambiente de enseñanza positivo para el personal y los estudiantes;
- experiencias educativas equitativas y valiosas con respecto a su nivel individual de comprensión y capacidades;
- expresar sus opiniones libremente a través de discursos, asambleas, solicitudes y otros medios legales, sin interferir con el proceso de instrucción;
- recibir un debido proceso adecuado y significativo antes de ser excluido de la escuela por motivos disciplinarios;
- abogar por el debido proceso al reclamar una decisión de suspensión o expulsión;
- recibir documentos esenciales traducidos o interpretados en el idioma de su comprensión, cuando lo soliciten; y
- ser tratados con cortesía, respeto y justicia por parte de los adultos y de otros estudiantes, lo que incluye también sus creencias y diferencias culturales.
Código de expectativas estudiantiles
El código de expectativas desarrollado por los estudiantes establece los comportamientos, actitudes y acciones que promueven la responsabilidad y el éxito en la escuela.
CÓDIGO DE EXPECTATIVAS DE LA ESCUELA PRIMARIA
De kindergarten a segundo grado:
En mi calidad de estudiante dedicado/a y responsable de las Escuelas Públicas del Condado de Prince William, (PWCS) prometo:
- pedir ayuda cuando la necesite;
- tratar de ayudar a los adultos y amigos;
- obedecer las normas y mantenerme alejado/a de situaciones negativas;
- poner en práctica la honestidad y el respeto a la propiedad;
- dar lo mejor de mí y completar mis trabajos de la clase y mis tareas;
- ser honesto/a y siempre decir la verdad;
- tomar buenas decisiones al usar la tecnología y adherirme a la normativa de uso responsable y seguridad de internet de PWCS;
- ser un(a) buen(a) amigo/a y no acosar a los demás; y
- estar orgulloso/a de quien soy y no sentirme intimidado/a por los demás.
De tercer a quinto grado:
En mi calidad de estudiante dedicado/a y responsable de las Escuelas Públicas del Condado de Prince William, (PWCS) prometo:
- pedir ayuda cuando la necesite;
- comunicarme positivamente con los adultos;
- tratar de ayudar a los adultos y amigos;
- participar de las actividades escolares o comunitarias;
- obedecer las normas y mantenerme alejado/a de situaciones negativas;
- tomar buenas decisiones al usar la tecnología y adherirme a la normativa de uso responsable y seguridad de internet de PWCS;
- alentar a los demás estudiantes para que sean buenos ejemplos;
- poner en práctica la honestidad y el respeto a la propiedad;
- estar activo/a después de hacer las tareas escolares participando en actividades con los amigos y la familia;
- dar lo mejor de mí y completar mis trabajos de la clase y mis tareas;
- tratar a los adultos y demás estudiantes con respeto;
- ser honesto/a y siempre decir la verdad;
- defenderme a mí mismo/a y a los demás y ser un modelo a seguir;
- ser un(a) buen(a) amigo/a y no acosar a los demás;
- tratar de entender los sentimientos de los demás;
- estar orgulloso/a de quien soy y no sentirme intimidado/a por los demás; y
- ser una buena influencia para los niños más pequeños.
CÓDIGO DE EXPECTATIVAS DE LA ESCUELA INTERMEDIA
En mi calidad de estudiante dedicado/a y responsable de las Escuelas Públicas del Condado de Prince William, (PWCS) prometo:
- ser respetuoso/a y alentar a los demás;
- dar un buen ejemplo a los demás estudiantes en el aula;
- comunicarme abiertamente con mis padres, maestros y personal escolar;
- alentar a los demás estudiantes a tomar decisiones positivas;
- ser un modelo a seguir y promover la toma de decisiones seguras por parte de otros estudiantes;
- servir a la comunidad realizando actividades como campañas de alimentos, solicitando donaciones cuando sea necesario, etc.;
- obedecer los límites establecidos por mi familia, escuela y comunidad;
- seleccionar cuidadosamente a mis amigos y modelos a seguir;
- esforzarme para dar lo mejor de mí y no bajar mis expectativas aun si fracaso algunas veces;
- participar en más actividades escolares y equipos deportivos;
- encontrar un lugar de estudio que no presente distracciones;
- usar mi tiempo sabiamente y no dejar las tareas para después;
- guiar y alentar a otros estudiantes a tener éxito en la escuela;
- dar un buen ejemplo ignorando las influencias negativas a mi alrededor;
- escuchar atentamente en clase y ser un buen ejemplo a seguir para otros estudiantes;
- ser responsable de mis acciones;
- poner en práctica mi buen juicio al usar la tecnología y adherirme a la normativa de uso responsable y seguridad de internet de PWCS;
- controlar mi comportamiento y negarme a hacer lo que sé que está mal;
- creer en la igualdad de todos, independientemente de la raza, color de piel, religión, país de procedencia, sexo, identidad de género, orientación sexual, discapacidad, condición socioeconómica u otra característica personal;
- respetar a los estudiantes que tengan orígenes diferentes de los míos;
- planificar con antelación para tomar las decisiones correctas;
- evitar situaciones inapropiadas;
- participar en diferentes actividades y motivar a que los demás también lo hagan;
- buscar adultos que sean modelos a imitar para que me brinden apoyo cuando necesite hablar con alguien; y
- creer en mí.
CÓDIGO DE EXPECTATIVAS DE LA ESCUELA SECUNDARIA
En mi calidad de estudiante dedicado/a y responsable de las Escuelas Públicas del Condado de Prince William, (PWCS) prometo:
- alentar a mis padres/tutores a participar activamente en mi educación y actividades escolares;
- establecer una comunicación abierta y sana con los adultos en mi vida;
- trabajar para crear un ambiente escolar solidario;
- ayudar a que mi escuela y comunidad sean vistas de manera positiva, siendo un respetado modelo a seguir, tomando decisiones acertadas y aceptando las responsabilidades que me fueron asignadas
- servir a mi escuela y comunidad ofreciéndome como voluntario/a para apoyar actividades benéficas y promover un ambiente escolar seguro;
- tener un comportamiento que los adultos vean como responsable para que valoren mi opinión en virtud de mi responsabilidad y buena reputación;
- cooperar con mis profesores y los demás adultos;
- cooperar con mi familia y vecinos para establecer reglas claras para los jóvenes de mi comunidad;
- imitar el comportamiento positivo e inspirador que veo en los adultos;
- participar en una actividad extracurricular para darle a mi horario una estructura adicional;
- adquirir intereses en diversas actividades y expandir/ampliar mi participación en la comunidad;
- dividir mi tiempo equitativamente entre las diferentes actividades (escuela, hogar y actividades extracurriculares);
- acatar las reglas y reglamentos del Código de Conducta para fomentar mi educación y la de mis compañeros;
- poner en práctica mi buen juicio al usar la tecnología y adherirme a la normativa de uso responsable y seguridad de internet de PWCS;
- participar activamente en actividades escolares y demostrar que me preocupo por el bienestar de mi comunidad;
- mejorar mi educación por medio del compromiso de completar mis tareas y responsabilidades académicas;
- promover una actitud más positiva que influencie a otras personas, equipándome con características adecuadas como integridad y honestidad;
- honrar mis valores positivos no solo en el ambiente escolar sino en cada decisión, haciendo hincapié en la importancia de una personalidad solidaria y luchando por la igualdad;
- apreciar los valores positivos que tengan una influencia en quién soy e incorporar dichos valores dentro de nuestras escuelas y comunidad;
- tratar a mis compañeros con igualdad, independientemente de sus diferencias y orígenes;
- planificar con antelación y utilizar mi conocimiento para tomar decisiones positivas contra la presión negativa de mis compañeros;
- utilizar mis habilidades de empatía, solidaridad y amistad para resolver mis conflictos de manera pacífica;
- saber que tengo un propósito;
- conocer mis objetivos en la vida y ser optimista acerca de mi futuro; y
- tener una visión sobre mi futuro y crear un plan para lograrlo.
Los estudiantes, el personal y los padres comparten la responsabilidad de crear un ambiente ordenado y seguro en la escuela. Ellos deben denunciar casos de drogas, armas u otros factores que puedan ser perjudiciales para el ambiente escolar. Cualquier represalia o intento de la misma por haber denunciado infracciones al Código de Conducta deberá tratarse con una medida correctiva, la cual puede incluir hasta la expulsión.
Los alumnos que tengan conocimiento de drogas, armas, actos de violencia o cualquier otra conducta que pudiera ser perjudicial para los demás o para el ambiente escolar, podrán ser objeto de una acción disciplinaria si no comparten dicha información con las autoridades de la escuela.
Los estudiantes que se den cuenta de que tienen algo en su poder que no es permitido en la escuela, deben reportarlo inmediatamente a un administrador o a un miembro del personal escolar. El personal escolar encargado de iniciar el seguimiento de la acción tendrá en cuenta que el alumno informó voluntariamente al personal escolar. Los estudiantes deberán contactar de inmediato a un administrador, docente o consejero u otro adulto de confianza si tienen información o creen que han sido víctimas de una mala conducta que infrinja el Código de Conducta.
Reglas y reglamentos
Un componente básico para prevenir la conducta indeseable es implementar normas escolares de manera consistente en toda la división escolar. La implementación equitativa y consistente de las reglas y reglamentos ocurrirá en todas las escuelas y dentro de todos los grupos de estudiantes. Los empleados están sujetos a las normativas, reglas y reglamentos del Código de Conducta. Cuando no se indique una sanción específica, el director tiene la autoridad para aplicar la sanción apropiada por infracciones, la cual puede variar desde consejería hasta una medida disciplinaria adicional (suspensión a largo plazo, colocación en un ambiente escolar no tradicional o recomendación de expulsión) del departamento de Administración Estudiantil y Programas Alternativos, dependiendo de la severidad de la infracción. La edad y el grado al que asiste el estudiante, las circunstancias de la infracción y otros factores relevantes serán considerados por el director para determinar las medidas correctivas adecuadas. Además, los estudiantes pueden estar sujetos a enjuiciamiento penal por ciertos delitos. A continuación, se presenta un resumen de las reglas de conducta establecidas por las Escuelas Públicas del Condado de Prince William.
Asalto, asalto y agresión - Además, los estudiantes pueden estar sujetos a enjuiciamiento criminal por tal delito bajo la sección § 18.2-57 del Código de Virginia.
Asalto y/o agresión a un miembro de la división escolar - El asalto y/o agresión a cualquier empleado de la división escolar, lo cual incluye también a los suplentes, está estrictamente prohibido. Los estudiantes acusados de cometer estas infracciones están sujetos a recibir sanciones disciplinarias, lo que incluso puede incluir hasta una acción disciplinaria adicional.
Asistencia - Conforme a la ley de Virginia, los alumnos son responsables de asistir a la escuela todos los días de clase. El reglamento 724-1, «Asistencia y justificaciones» contiene la información específica relacionada con la asistencia estudiantil, la cual es resumida aquí. Las inasistencias, llegadas tarde y/o salidas antes de la hora deben tener la aprobación documentada del padre de familia y/o del personal escolar. Dentro de los cinco días posteriores a la fecha de ausencia a la escuela, el padre de familia deberá proporcionar documentación al personal escolar correspondiente para justificar la ausencia. De acuerdo con el reglamento 724-1, el alumno debe ponerse al día con las tareas hechas en clase durante los días de ausencia justificados. El estudiante o los padres son responsables de conseguir las tareas. Los estudiantes que lleguen tarde a la escuela deben seguir los trámites escolares para registrar su ingreso.
Tipos de inasistencias justificadas:
- aislamiento de un estudiante durante la pandemia de acuerdo con las pautas establecidas por el departamento de Salud de Virginia;
- estudiantes que experimentan problemas, trastornos o perturbaciones de salud mental y/o conductual de acuerdo con las pautas escolares establecidas proporcionadas por el departamento de Educación de Virginia;
- enfermedad del alumno;
- consultas médicas o dentales, cuando las citas no se puedan hacer fuera del horario escolar;
- participación del estudiante en actividades escolares que se llevan a cabo durante el horario escolar;
- con la aprobación previa del director, los estudiantes del último año de secundaria (séniors) pueden ser autorizados a tener inasistencias por motivo de visitas de admisión universitaria o para solicitar empleo para después de la graduación;
- muerte de un familiar inmediato u otra persona que viva con el estudiante;
- comparecencia requerida ante el tribunal;
- observación de día religioso (no se debe negar al estudiante cualquier premio o elegibilidad u oportunidad de competir por un premio o el derecho de tomar una evaluación o examen alternativo debido a tal inasistencia);
- condiciones de emergencia en el hogar del estudiante que requieren la ayuda especial del estudiante para cuidar a enfermos o heridos; sin embargo, el uso repetido de esta justificación o solicitudes de inasistencia por más de cinco días consecutivos deben ser remitidas al departamento de Servicios Estudiantiles para su aprobación;
- según el reglamento 724-1, no se recomienda el uso de las inasistencias preaprobadas y solo el director o su representante las otorgarán según cada caso. Se recomienda que los viajes familiares sean programados durante los recesos escolares y en las vacaciones de verano. Las inasistencias por viajes familiares no serán justificadas a menos que estén acompañadas por circunstancias especiales. Queda a discreción del director, en colaboración con el departamento de Servicios Estudiantiles, determinar si existe una circunstancia extraordinaria o no. Para determinar si se aprueba o no una ausencia de antemano, se considerarán factores tales como la razón justificatoria, el valor educativo de la experiencia propuesta y el impacto de la ausencia sobre el progreso académico del estudiante;
- inasistencia aprobada con anticipación por razones relacionadas con la asignación militar de los padres;
- motivos de circunstancias atenuantes a juicio del director;
- los estudiantes que experimentan una situación de falta de vivienda y que están a la espera de los arreglos de transporte;
- los padres de familia tienen la opción de no permitir que su hijo/a asista a la escuela en circunstancias en las que, a juicio de los padres, las calles o caminos en su vecindario estén demasiado peligrosos;
- participar en un evento cívico (solo estudiantes de intermedia y secundaria); y
- suspensión fuera de la escuela. Cuando un administrador escolar coloca a un estudiante en suspensión fuera de la escuela, la inasistencia se clasificará como justificada.
Tipos de inasistencias injustificadas:
- ausentismo de día completo;
- ausentismo a clase;
- perder un viaje o un autobús, o problemas con el automóvil; y
- un estudiante solo virtual que no se registra para recibir instrucción en vivo para la clase o el día escolar usando Canvas;
- un estudiante solo virtual que no ha solicitado ni ha sido aprobado por el docente y/o el administrador para un procedimiento alternativo de asistencia/participación debido a circunstancias únicas y no enciende la cámara o no puede ser visto por el docente durante la instrucción y las actividades de aprendizaje de la clase o jornada escolar;
- falta de una explicación adecuada o la documentación requerida para una ausencia; e
- inasistencias programadas sin la aprobación previa del director de la escuela.
Según el Código de Virginia, el departamento de Educación de Virginia y la normativa 724-1, «Asistencia y justificaciones» de PWCS, las escuelas convocarán reuniones de intervención de asistencia y elaborarán planes para mejorar la asistencia de los estudiantes que acumulen cinco o más ausencias injustificadas. Puede requerirse que los padres participen en reuniones de intervención para mejorar la asistencia. Los padres de los estudiantes con ausentismo crónico pueden estar sujetos a acción legal por no cumplir con las leyes de asistencia obligatoria.
Acoso escolar – El acoso escolar (bullying) hace referencia a cualquier comportamiento agresivo y no deseado que tiene la intención de dañar, intimidar o humillar a la víctima; conlleva un desequilibrio real o percibido de poder entre el agresor o agresores y la víctima, y se repite a través del tiempo o causa un trauma emocional severo. El acoso incluye el ciberacoso. El acoso escolar no incluye las bromas comunes, el juego brusco, las discusiones o los conflictos comunes entre compañeros Los estudiantes deben informar de inmediato todas las incidencias de acoso escolar a un maestro, profesor, consejero o administrador utilizando el formulario «Denuncia de acoso escolar»(PDF), verbalmente o por otros medios de comunicación. Se recomienda enfáticamente a los estudiantes que denuncien todo incidente de acoso escolar. Las represalias en contra de un estudiante que denuncia acoso escolar o participa en una investigación de acoso escolar están estrictamente prohibidas y se tratarán con una medida correctiva, la cual puede incluir hasta una acción disciplinaria adicional.
El ciberacoso es una forma de acoso escolar por medio de la transmisión, el recibo o la exposición de mensajes y/o imágenes electrónicas. El ciberacoso se refiere a cualquier amenaza de un estudiante hacia otro, generalmente a través de correos electrónicos, textos o sitios web (por ejemplo, blogs, sitios de redes sociales). Las comunicaciones electrónicas que apoyan mensajes deliberados, hostiles e hirientes con intención de dañar a otros son una forma de acoso escolar. El ciberacoso incluye hechos como enviar mensajes o imágenes crueles, vulgares o amenazantes; divulgar información delicada y privada sobre otra persona; hacerse pasar por otra persona para crear una mala imagen de esa persona; y usar sitios de sondeo personal en línea difamatorios.
No se tolerará el acoso cibernético que ocurra en las escuelas, en la propiedad escolar, en actividades relacionadas con la escuela, durante la instrucción virtual o dentro de la comunidad y que afecte o interrumpa el entorno de aprendizaje o las operaciones escolares. Del mismo modo, cualquier clase de ciberacoso que se haga utilizando computadoras, dispositivos, sistemas o redes, o en unidades personales mientras se están usando sistemas y redes de PWCS (independientemente del lugar en que se haga) está estrictamente prohibido. Esta conducta es una infracción al reglamento 295-1, «Servicios de sistemas y redes de computadoras – Normativa de uso aceptable y seguridad de internet de PWCS» y el reglamento 733.01-1, «Acoso escolar de estudiantes».
El ciberacoso que ocurre fuera de la propiedad escolar y/o no incluye el uso de computadoras, dispositivos, sistemas o redes de PWCS también podría resultar en una medida disciplinaria si causa o pudiera causar una interrupción de las operaciones escolares o de la división escolar; si amenaza la seguridad o el bienestar mental o físico de estudiantes o personal escolar; o si amenaza la seguridad de las instalaciones o propiedades escolares.
Espectadores/mirones/instigadores – Los estudiantes que, por su presencia y/o acciones, promuevan altercados, peleas u otras violaciones al Código de Conducta, estarán sujetos a medidas correctivas. Esto incluye, pero no se limita, a los espectadores o mirones que se niegan a retirarse o seguir otras instrucciones del personal escolar durante los altercados, peleas, etc.
Autos y otros vehículos - Pueden conducirse autos y otros vehículos a la propiedad escolar solamente con el permiso de la administración y se tienen que operar de manera segura, cumpliendo con las reglas de la escuela y las leyes locales y estatales. El propietario y/o conductor de cualquier auto o vehículo ubicado u operado en las instalaciones de la escuela, acepta, en virtud de dicha ubicación u operación, que este sea registrado cuando exista sospecha razonable de que hay en su interior artículos prohibidos, como los descritos en el reglamento 737-1, «Registros e incautaciones». Los infractores están sujetos a medidas correctivas dentro de la escuela; estas pueden incluir la pérdida de privilegios de manejo en el recinto escolar, suspensión fuera de la escuela, recomendación para suspensión a largo plazo o expulsión, y sanciones legales aplicables.
Copia y plagio - Los estudiantes son responsables de no dar o recibir ayuda (escrita, oral o de otra forma) en pruebas, exámenes, evaluaciones finales o trabajos de clase que se calificarán como trabajo individual de un estudiante. Copiar incluye dar o recibir un archivo de computadora, un programa, parte de un programa u otra información que se obtiene de la computadora sin la instrucción o aprobación específica del maestro. Copiar incluye cualquier infracción de las reglas cuando la infracción ha sido cometida en forma deshonesta.
Se contactará al padre de familia y el estudiante recibirá una intervención o una sanción por infracción académica. Las escuelas incorporarán un juramento de honor en un esfuerzo por poner énfasis en la importancia de la honestidad.
El plagio es una forma de copiar. El estudiante será responsable de dar reconocimiento a las fuentes de información que ha citado, resumido o parafraseado, al igual que a las personas que lo han ayudado. Presentar el trabajo intelectual de otro autor o estudiante como propio, por ejemplo, copiar y pegar, copiar y pegar con ajustes menores o sin el permiso explícito del autor, constituye una trampa de copia y plagio.
Dispositivos de comunicación (inalámbricos) - La posesión de dispositivos de comunicación por parte de los estudiantes en la escuela es un privilegio, no un derecho; y todo estudiante que lleve un dispositivo de comunicación a la escuela acepta estas reglas y el derecho de la división escolar de confiscar y/o revisar dichos dispositivos conforme lo especifican estas reglas. Cualquier expectativa de privacidad relacionada con el uso de dispositivos de comunicación de propiedad del estudiante o del personal escolar es invalidada si no se cumplen las correspondientes normativas y reglamentos de la Junta Escolar. Los estudiantes pueden estar dentro de la escuela en posesión de dispositivos de comunicación inalámbricos, lo que incluye, entre otros, teléfonos celulares, tabletas y lectores de libros electrónicos (eReaders), siempre y cuando estos dispositivos se usen en el horario y en la forma prevista y especificada por las normativas de PWCS, tal como son implementadas por el director de la escuela y su plana directiva. El uso de estos dispositivos puede estar prohibido en momentos y lugares específicos para mantener la integridad del ambiente académico. Cualquier violación de estas prohibiciones, lo que incluye tanto dentro como fuera de la escuela, puede dar lugar a medidas disciplinarias. Se permite el uso de dispositivos de comunicación inalámbricos en los autobuses escolares siempre que dicho dispositivo no distraiga al conductor, comprometa la seguridad o contravenga otras reglas y reglamentos del autobús escolar. Se prohíbe grabar en video y/o audio o fotografiar a los estudiantes u otros ocupantes de cualquier tipo cuando dicha actividad invada la privacidad de los demás, o se utilice para acosar, avergonzar, humillar o dañar a otros, o cuando, a juicio del personal escolar, interrumpa y/o desvíe la atención de las operaciones escolares y/o el entorno de aprendizaje e impida la capacidad de mantener un clima y una cultura positivos; ello puede resultar en una acción disciplinaria. Los infractores estarán sujetos a la confiscación del dispositivo de comunicación y/u otras sanciones correctivas. Se podrá hacer un registro de los dispositivos de comunicación si el administrador tiene la sospecha razonable de que están siendo o han sido utilizados en relación con una conducta criminal o en contravención al Código de Conducta. El personal de la división escolar no se responsabiliza por la seguridad de la comunicación y/o dispositivos electrónicos que se lleven a las instalaciones escolares. Mientras se encuentren en la propiedad escolar, en cualquier actividad patrocinada por la escuela o en el viaje de ida y vuelta a la escuela o en alguna actividad auspiciada por la escuela, los estudiantes no tomarán ni exhibirán imágenes fijas ni secuencias de video de una persona que se encuentre desnuda o parcialmente desnuda. Los infractores podrían estar sujetos a sanciones disciplinarias que incluyen hasta una acción disciplinaria adicional.
Discriminación - La discriminación ocurre cuando una o más personas son tratadas de manera diferente o no se las considera de manera justa ni se les da la misma oportunidad sobre la base de la raza, color, religión, país de origen, sexo, identidad de género, orientación sexual, embarazo, parto o condiciones médicas relacionadas, lo cual incluye lactancia, edad, estado civil, estatus de veterano militar, discapacidad, información genética o cualquier otra razón prohibida por la ley. La discriminación en contra de alumnos o el personal está estrictamente prohibida. Se les recomienda a los estudiantes que creen que han sido discriminados que denuncien el caso al director de la escuela o al departamento de Equidad y Relaciones Estudiantiles enviando un correo electrónico a TitleIXEquity@pwcs.edu o llamando al 571-374-6839.
Deshonestidad - Los estudiantes no deben acusar falsamente al personal escolar o a otros estudiantes y no deben dar información falsa que pueda dañar a otros o interferir con las obligaciones del personal escolar.
Desobediencia/falta de respeto - Ningún estudiante desobedecerá o ignorará una petición razonable hecha por un miembro del personal escolar. Cualquier estudiante que diga obscenidades, amenace o use otra forma de abuso verbal hacia un miembro del personal escolar, estará sujeto a suspensión fuera de la escuela y será considerado para una acción disciplinaria adicional.
Interrupciones/alteraciones del orden - Ya sea en la propiedad escolar, en una actividad patrocinada por la escuela o en los autobuses escolares, ningún estudiante podrá comportarse de forma desordenada o de manera que interrumpa o altere el funcionamiento ordenado de la escuela. Las conductas fuera del recinto escolar que causen interrupciones en la escuela, el proceso educativo o los derechos de los estudiantes o del personal, también podrán resultar en una acción correctiva en la escuela.
Abuso de drogas y sustancias controladas - Ningún estudiante tendrá o consumirá alcohol, drogas o cualquier cosa similar al alcohol o a las drogas (ver información adicional en «Sustancias prohibidas»).
Dispositivos electrónicos de entretenimiento - Los estudiantes pueden utilizar dispositivos electrónicos en el camino de ida y vuelta a la escuela mientras que los mismos no sean una distracción para el conductor del autobús y/o no comprometan la seguridad. Asimismo, el uso de estas unidades no debe distraer ni interrumpir las actividades. Durante la jornada escolar ni tampoco en las actividades y eventos patrocinados por la escuela, los estudiantes no pueden grabar secuencias de audio o video destinadas a ser usadas o distribuidas para causar daño a otros alumnos o adultos, o que puedan causar una interrupción en el proceso de enseñanza. Los infractores estarán sujetos a la confiscación del dispositivo electrónico y/u otras acciones correctivas. El personal de la división escolar no se responsabiliza por la seguridad de la comunicación y/o dispositivos electrónicos que se lleven a las instalaciones escolares. Mientras se encuentren en la propiedad escolar, en cualquier actividad patrocinada por la escuela o en el viaje de ida y vuelta a la escuela o en alguna actividad auspiciada por la escuela, los estudiantes no tomarán ni exhibirán imágenes fijas ni secuencias de video de una persona que se encuentre desnuda o parcialmente desnuda. Los infractores podrían estar sujetos a sanciones disciplinarias que incluyen hasta una acción disciplinaria adicional.
Poner a otros en peligro - No se permitirá una conducta del estudiante que ponga a otros en peligro. Esto incluye, entre otros, infringir los reglamentos de incendio, hacer denuncias falsas de incendio; encender fósforos; encender cualquier tipo de llama en el aula sin la autorización del maestro o profesor; usar materiales inflamables o explosivos, y amenazar o intentar poner una bomba, quemar o de alguna manera destruir la propiedad escolar o la propiedad del personal escolar o de los estudiantes.
No denunciar infracciones - Para mantener la seguridad y la protección de nuestras escuelas, los estudiantes tienen la responsabilidad de denunciar las violaciones graves del Código de Conducta a los docentes, los administradores o demás personal pertinente, o llamar al sistema de denuncia anónima «Say Something» (SS-ARS) de PWCS. Las infracciones graves incluyen conductas o comportamientos que resulten o pudieran resultar en una lesión a una persona, salud o bienestar de los estudiantes o docentes, o daño a la propiedad. No denunciar una infracción puede resultar en una medida correctiva ver además «Derechos de los alumnos» and «Amas y otros artículos peligrosos») .
Pelear - Los estudiantes serán responsables de resolver las confrontaciones de manera pacífica y sin el uso de violencia. Si los estudiantes no pueden resolver las confrontaciones de una manera pacífica, deben buscar la ayuda del personal escolar, como un maestro, profesor, consejero, director, trabajador social, etc. Las peleas derivarán en acciones correctivas, las cuales podrán incluir hasta la suspensión o una acción disciplinaria adicional. Los alumnos también podrán estar sujetos a medidas correctivas por una conducta que pueda no ser considerada grave o amenazante («juegos rudos», «payasadas», etc.) cuando esa conducta puede causar lesiones, malestar o alteración del orden.
Apuestas - Las apuestas están estrictamente prohibidas en las escuelas. Un juego de apuestas se define como apostar dinero u objetos de valor sobre el resultado de un juego, competición o evento.
Pandillas - La actividad de pandillas, reclutamiento a pandillas y expresiones de pertenencia a pandillas no serán toleradas. Acciones, lenguaje, gestos, ropa, símbolos, u otros signos de pertenencia pandillas o vinculados a actividades de pandillas están terminantemente prohibidos en la escuela y en las actividades relacionadas con la escuela. Cualquier estudiante involucrado en una pelea o agresión relacionada con pandillas será considerado para una acción disciplinaria adicional.
Agresión en grupo - Queda estrictamente prohibida la agresión en grupo en la escuela, en actividades relacionadas con la escuela y en el camino de ida o vuelta a la escuela. Cualquier estudiante que participe en una agresión en grupo que resulte en desorden o disturbio en la escuela o en actividades relacionadas con la escuela quedará sujeto a una medida correctiva, lo que incluye hasta una acción disciplinaria adicional. Conforme a esta regla, cualquier grupo de dos o más estudiantes que tienen la intención de dañar a personas, la propiedad o el ambiente escolar podrá ser considerado como grupo.
Hostigamiento - Hostigamiento es una forma de discriminación. El hostigamiento es un tipo de conducta que apunta a una o más personas sobre la base de la raza, color, religión, país de origen, sexo, identidad de género, orientación sexual, embarazo, parto o condiciones médicas relacionadas, lo cual incluye la lactancia, edad, estado civil, estatus de veterano militar, discapacidad, información genética o cualquier otra razón prohibida por la ley. El hostigamiento discriminatorio degrada, amenaza, intimida o daña a una persona o grupo de tal manera que causa ansiedad o miedo por la seguridad. Se prohíbe hostigar a estudiantes y personal docente por cualquier motivo. Se les recomienda a los estudiantes que creen que han sido hostigados o discriminados que denuncien el caso al director de la escuela o al departamento de Equidad y Relaciones Estudiantiles enviando u correo electrónico a TitleIXEquity@pwcs.edu o llamando al 571-374-6839.
Iniciación de novatos (hazing) - Los estudiantes no participarán en comportamientos que, imprudente o intencionalmente, pongan en peligro la salud o seguridad de otros o causen daño físico a otro estudiante y que estén relacionados con la iniciación, afiliación o admisión en un club, organización colectiva o cuerpo estudiantil. Los infractores estarán sujetos a medidas correctivas que pueden incluir hasta la suspensión, una acción disciplinaria adicional y posibles consecuencias penales.
Tocar indebidamente- Tocar indebidamente significa un contacto físico intencional con un estudiante o miembro del personal que no cae dentro de la definición de agresión física o agresión sexual bajo la ley de Título IX (ver abajo la definición de acoso sexual según la ley de Título IX). Un toque indebido puede o no ser de naturaleza sexual. Se prohíbe el toqueteo indebido que ocurra en propiedad escolar y en las actividades patrocinadas por la escuela.
Material indecente - Ningún estudiante podrá tener en su poder, usar, exhibir, producir o distribuir material indecente (vulgar, obsceno, profano o evidentemente ofensivo), lo que incluye, entre otros, ropa, carteles, materiales escritos/impresos, CDs, DVDs, cromos o tarjetas coleccionables, y materiales de computadoras.
Punteros láser- Ningún estudiante tendrá punteros láser ni otros mecanismos de láser en las escuelas, en los autobuses escolares o durante actividades escolares sin el permiso de un funcionario/administrador u otro miembro del personal de la escuela. Los infractores estarán sujetos a medidas correctivas y el puntero o el mecanismo podrá ser confiscado.
Tirar basura (littering) - Los estudiantes deben contribuir a mantener un ambiente limpio y saludable en las escuelas, desechando correctamente la basura en la cafetería, en las aulas, los pasillos o cualquier otro lugar en la escuela, en los autobuses escolares, las paradas de autobús y en todas las actividades relacionadas con la escuela.
Infracciones fuera de las instalaciones de la escuela - No se tolerarán acciones fuera de la escuela que tengan un impacto negativo en el recinto escolar, los programas, el alumnado o el personal. La Junta Escolar y el personal de PWCS están comprometidos a mantener las escuelas como sitios seguros y saludables en los cuales se aprende, sitios libres de los impactos de la violencia, las armas, las actividades de pandillas, el abuso de sustancias prohibidas y demás influencias dañinas. Los estudiantes estarán sujetos a medidas correctivas en la escuela, que pueden incluir hasta una acción disciplinaria adicional, por infracciones ocurridas en la comunidad o en otros lugares fuera de las instalaciones escolares, si esas infracciones resultan o pueden previsiblemente resultar en una interrupción material de las operaciones escolares, del proceso educativo o afectan los derechos, la seguridad o el bienestar de los estudiantes, el personal o la propiedad escolar. Bajo la ley del estado de Virginia, un estudiante podrá ser suspendido o expulsado si es declarado culpable por el tribunal de fabricar, vender, regalar, distribuir o estar en posesión de drogas, aun cuando la infracción no tenga conexión con la escuela. Además, la ley de Virginia dispone que un alumno puede ser reasignado o colocado en un programa alternativo de educación (escuela alternativa, escuela nocturna, recursos en línea, etc.) luego de que se reciba notificación de que el estudiante ha sido acusado de determinadas conductas criminales que deben ser reportadas a la escuela, lo que incluye delitos relacionados con armas, alcohol/drogas, lesión intencional a una persona, o si es sentenciado o declarado no inocente de otros delitos que deben obligatoriamente reportarse a la escuela, conforme lo establece el reglamento 681-1 «Programas de educación no tradicional». La sentencia o adjudicación de ciertos cargos penales que deben reportarse obligatoriamente a la escuela podrá resultar en la transferencia, suspensión a largo plazo o expulsión del estudiante. Los estudiantes también podrán ser reasignados o colocados en programas educativos no tradicionales, o ser suspendidos o expulsados cuando hayan cometido una infracción grave u infracciones repetidas en contravención a las normativas y reglamentos de la Junta Escolar.
Lenguaje soez - Ningún estudiante utilizará un lenguaje o gestos vulgares, obscenos, evidentemente ofensivos o indecentes.
Represalia - Tomar represalias está estrictamente prohibido. Ello ocurre cuando se emprenden acciones en contra de una persona por reportar una mala conducta o por participar en cualquier investigación de una denuncia por mala conducta. Las represalias incluyen amenazar, intimidar, acosar, coaccionar o cualquier otra conducta que desaliente a alguien de denunciar un delito o participar en una investigación.
Registros e incautaciones - Los estudiantes son responsables de los artículos que tienen en la escuela o durante las actividades escolares. Los escritorios y los casilleros (lockers) de los estudiantes son propiedad de la escuela, y el personal escolar se reserva el derecho de registrarlos. Los casilleros y escritorios del alumno pueden ser registrados para retomar posesión de propiedad escolar, o para localizar material que no se permite en la escuela. Los estudiantes, sus pertenencias y los artículos bajo su control (incluyendo automóviles) podrán ser registrados bajo ciertas circunstancias según lo estipulado en el reglamento 737-1, «Registros e incautaciones». El derecho individual del estudiante a la privacidad y libertad frente a un registro e incautación no razonable se equilibra con la responsabilidad escolar de proteger la salud, la seguridad y el bienestar de todos los integrantes de la comunidad escolar. Se notificará a los oficiales de la ley si se encontraran materiales ilegales durante un registro. Si un estudiante se rehúsa a ser registrado cuando la administración tiene sospechas razonables de que tiene en su poder o bajo su control artículos prohibidos descritos en el reglamento, se contactará a los padres y/o autoridades y el alumno podrá estar sujeto a una medida disciplinaria.
Fumar - Todas las escuelas de PWCS son ambientes libres de humo de tabaco. No se permite fumar ni vapear en ningún edificio de PWCS en ningún momento. Los estudiantes, independientemente de su edad, no pueden fumar ni estar en posesión de productos de tabaco, parafernalia de vaporización de nicotina, cigarrillos, fósforos, encendedores u otros dispositivos electrónicos para fumar en autobuses escolares, en edificios escolares, en propiedad escolar o en una actividad patrocinada por la escuela ya sea dentro o fuera de la escuela.
Los alumnos que tengan en su poder o usen productos de tabaco o de vaporización de nicotina recibirán penalidades que varían desde la suspensión fuera de la escuela hasta cualquier otra medida eficaz que el director crea conveniente. Estas opciones pueden incluir suspensión fuera de la escuela (OSS), suspensión dentro de la escuela (ISS), detención, trabajo en proyectos comunitarios o escolares, y presentación de cargos ante las autoridades locales. Hay programas educativos disponibles a nivel de escuela intermedia y secundaria para ayudar a los estudiantes a comprender mejor las consecuencias negativas para la salud asociadas con el fumar y el consumo de la nicotina.
Acecho- El acecho es un tipo de comportamiento dirigido a personas específicas que hace que estas personas: (1) teman por su seguridad o la seguridad de los demás; o (2) sufran una angustia emocional considerable. El acecho puede incluir, pero no se limita a, hacer contacto repetido y no deseado con la víctima a través de llamadas telefónicas, correo, correos electrónicos, textos o redes sociales; seguir a la víctima; amenazar a la víctima, directa o indirectamente; y dañar o amenazar con dañar la propiedad de la víctima.
Vestimenta y arreglo personal del estudiante - Se recomienda encarecidamente a los estudiantes que se vistan adecuadamente para tener un buen desempeño en cada jornada escolar. Su apariencia general mientras se encuentren en las instalaciones escolares, o virtualmente, debe ser la apropiada para la salud y seguridad de una comunidad escolar inclusiva. Se entiende que la vestimenta de los alumnos puede reflejar las condiciones climáticas al aire libre durante todo el año escolar. Sin embargo, los estudiantes deben abstenerse de usar cualquier prenda de vestir que pueda causar una distracción o interrupción del proceso educativo o comprometer la salud y seguridad física y emocional del estudiante o de los demás. A los alumnos cuya apariencia interrumpa la instrucción se les pedirá que se cambien de ropa.
El Código de Virginia, en sus secciones 22.1-276.01 y 22.1-279.6 promulgadas el 1º de julio de 2020, exige lo siguiente en lo que respecta a los códigos de vestimenta y arreglo personal:
La Junta de Educación de Virginia requiere que se incluya en sus pautas y normativas modelo para códigos de conducta estudiantil, (i) estándares para reducir los prejuicios y el hostigamiento en la aplicación de cualquier código de conducta estudiantil y (ii) estándares para los códigos de vestimenta o arreglo personal, las cuales la ley define como cualquier práctica, normativa o parte de un código de conducta estudiantil aprobado por una junta escolar que rige o restringe la vestimenta de cualquier estudiante matriculado. Estas leyes permiten que cualquier junta escolar incluya en su código de conducta estudiantil un código de vestimenta o arreglo personal y exige que dicho código de vestimenta o arreglo personal (a) permita que todo estudiante use cualquier peinado o cubierta para la cabeza específicos por motivos religiosos o étnicos, lo que incluye hiyabs, kipás, diademas, trenzas, rastas y trenzas africanas; (b) mantenga la neutralidad de género sometiendo a cualquier estudiante al mismo conjunto de reglas y estándares independientemente del género; (c) no tenga un impacto desigual en los estudiantes de un género en particular; (d) sea claro, específico y objetivo en la definición de términos, si es que se utilizan; (e) prohíba a cualquier empleado de la junta escolar hacer cumplir el código de vestimenta o arreglo personal mediante el contacto físico directo con un estudiante o la vestimenta de un estudiante; y (f) prohíba que cualquier empleado de la junta escolar exija que un estudiante se desvista frente a otra persona, incluyendo el empleado de la junta escolar que aplica las reglas, para cumplir con el código de vestimenta o arreglo personal.
Las pautas de vestimenta y arreglo personal de los estudiantes de PWCS siguen las pautas estatales y se crean para garantizar la equidad entre la expresión de los estudiantes y la imposición del personal y no tienen la intención de discriminar por motivos de raza, color, religión, país de origen, sexo, identidad de género, orientación sexual, edad, discapacidad, información genética, o cualquier otra categoría prohibida por la ley. A los estudiantes se les permite usar cualquier tipo de peinado o cubierta para la cabeza específico o significativo por motivos religiosos o étnicos.
Los peinados y cubiertas para la cabeza permitidos incluyen, entre otros:
- hiyabs;
- kipás;
- diademas;
- trenzas;
- rastas; y
- trenzas africanas.
También, de conformidad con el Código de Virginia en sus secciones 22.1-276.01 y 22.1-279.6, estas pautas de vestimenta y arreglo personal se establecieron para mantener la neutralidad de género, creando estándares equitativos independientemente del género y para que no tengan un impacto desigual en los estudiantes de un determinado género.
Las prendas de vestir prohibidas incluyen:
Ropa o vestuario que:
- revele la piel desnuda en la medida en que distraiga o pueda distraer previsiblemente a otros estudiantes o personal;
- revele o exponga la ropa interior;
- esté acomodada de manera que revele o exponga la ropa interior;
- contenga lenguaje o imágenes vulgares, discriminatorias, evidentemente indecentes ofensivas u obscenas;
- contenga amenazas o símbolos de pandillas;
- promueva el uso de armas y violencia, o el uso de alcohol, tabaco o drogas ilegales y/o parafernalia relacionada;
- cause o previsiblemente cause una interrupción en el ambiente de aprendizaje; y
- accesorios que podrían considerarse o utilizarse como un arma.
Tocado que cubra toda la cabeza o la cara, con las siguientes excepciones:
- usado como parte de su religión; o
- usado por razones médicas; o
- usado para prácticas de prevención personal, como en el caso de la propagación de enfermedades infecciosas; o
- usado para un evento escolar aprobado; o
- usado como expresión de los antecedentes culturales o étnicos de una persona.
Joyas u otros objetos que podrían considerarse o utilizarse como un arma.
Mal uso de la tecnología - Las computadoras, las redes de computadoras y demás tecnología electrónica será utilizada solamente para propósitos educativos válidos y solo con la aprobación de un miembro del personal escolar. Se requiere que cuando los estudiantes usen la tecnología electrónica en la escuela cumplan con el Código de Conducta y con las «Reglas de uso aceptable – Tecnología de telecomunicaciones (internet, telnet, videoconferencia, correo electrónico, etc.)» que se encuentran a disposición y pueden ser solicitadas al personal escolar. Los estudiantes también deben acatar los estándares definidos por la normativa 295 de PWCS, «Estándares para los servicios de sistemas y redes de computadoras», el reglamento 295-1, «Sistemas y redes de computadoras – Normativa de uso aceptable y seguridad de internet de PWCS» y el reglamento 295-2, «Desarrollo e implementación de sitios web».
Copias de estas normativas y reglamentos pueden encontrarse en el sitio web de PWCS en www.pwcs.edu. El uso no aceptable de la tecnología incluye, pero no se limita a:
- infringir el derecho a la privacidad de los demás;
- usar, producir, distribuir o recibir obscenidades, malas palabras o material que acose, hostigue, ofenda, amenace o degrade a otros. Esto incluye el ciberacoso, una forma de acoso escolar que incluye la transmisión, recibo o exposición de mensajes y/o imágenes electrónicas:
- producir, transmitir, estar en posesión y/o compartir imágenes, mensajes u otros materiales de naturaleza sexual por medio de un dispositivo de comunicación inalámbrico;
- copiar programas de computadora comerciales en infracción a la ley de derechos de autor;
- usar la tecnología con fines de lucro o para actividades comerciales o ilegales;
- usar la tecnología para la propaganda de un producto o promoción política;
- republicar material de comunicaciones personales sin el consentimiento previo del autor;
- usar la tecnología infringiendo otras reglas y reglamentos del Código de Conducta; y
- el uso inaceptable de la tecnología que tiene un efecto significativo sobre el funcionamiento o el bienestar general de la división escolar, que afecta a la integridad del proceso educativo, que amenaza la seguridad y el bienestar de los estudiantes, el personal o la propiedad escolar, y que se produce cuando el estudiante está bajo la responsabilidad de la escuela en representación de los padres o de alguna manera invade los derechos de los estudiantes o el personal.
Infringir esta normativa y las pautas de uso aceptable puede resultar en una medida correctiva, pérdida de los privilegios para utilizar tecnología y sanciones de conformidad con la ley. La irresponsabilidad intencional podrá ser vista como maliciosa y podrá dar lugar a una acción correctiva o a castigos penales. El intento deliberado de degradar o interrumpir el funcionamiento del sistema tecnológico será visto como una actividad criminal bajo las leyes estatales y federales pertinentes.
Robo - Queda expresamente prohibido tomar sin permiso o tratar de tomar sin permiso propiedad escolar o propiedad personal de los demás. Todo incidente que involucre robo o intento de robo de medicamentos con receta de los estudiantes será reportado al director o a su representante. Los infractores estarán sujetos a acción correctiva en la escuela y podrán ser derivados a las autoridades pertinentes para acción legal.
Amenaza - Una amenaza es una comunicación o comportamiento preocupante que indica que un individuo representa un peligro para la seguridad del personal escolar o del alumnado a través de actos de violencia u otros comportamientos que podrían causar daño a sí mismo o a los demás. La amenaza puede expresarse/comunicarse de manera conductual, oral, visual, por escrito, electrónicamente o a través de cualquier otro medio; y se considera una amenaza independientemente de si es observada o comunicada directamente al objetivo de la amenaza o si es observada o comunicada a un tercero; e independientemente de si el objetivo de la amenaza es consciente de la amenaza. Cada escuela tiene un equipo de evaluación de amenazas para la evaluación e intervención de individuos cuyo comportamiento puede representar una amenaza para la seguridad del personal escolar o de los estudiantes. Los procedimientos de evaluación de amenazas de PWCS se establecen en el reglamento 777-1 «Procedimientos de evaluación de amenazas».
Acoso sexual bajo la ley de Título IX - Según la ley de Título IX («Title IX Sexual Harassment»), el acoso sexual se define como la mala conducta de índole sexual que cumple con una o más de las siguientes condiciones: (1) un empleado de PWCS proporciona u ofrece proporcionar una ayuda, beneficio o servicio a una persona a cambio de que esta persona participe en una conducta sexual; (2) un estudiante o miembro del personal es objeto de una conducta no deseada que es tan severa, persistente y objetivamente ofensiva que a la persona se le niega el acceso equitativo a un programa educacional o actividad de PWCS; o (3) violencia en las citas amorosas, violencia doméstica, agresión sexual o acecho según se define en el Código de los Estados Unidos y el reglamento 738-1. Título IX es una ley federal que prohíbe la discriminación basada en el sexo, lo cual incluye el acoso, en las escuelas. Las acusaciones de acoso sexual bajo la ley de Título IX se tratan de conformidad con el reglamento 738-1, «Resolución de acusaciones contra estudiantes por mala conducta sexual». La conducta de naturaleza sexual que afecta negativamente a un estudiante, miembro del personal o el proceso educativo, pero no cumple con esta definición de acoso sexual bajo la ley de Título IX, también puede estar sujeta a disciplina de conformidad con el Código de Conducta. Se les recomienda a los estudiantes que creen que han sido acosados sexualmente o han sido objetos de maltrato basado en el sexo o estereotipo sexual, que denuncien el caso al director de la escuela o al departamento de Equidad y Relaciones Estudiantiles enviando un correo electrónico a TitleIXEquity@pwcs.edu o llamando al 571-374-6839.
Ingreso prohibido/invasión a la propiedad - Los estudiantes deben permanecer solo en áreas aprobadas del edificio y las instalaciones escolares durante las horas normales de clases, o después de las horas normales con la aprobación de un miembro del personal escolar. Se considerará a los estudiantes como intrusos si se encuentran en una escuela que no sea la que están matriculados, a menos que estén asistiendo a una actividad aprobada por su escuela o tengan la aprobación de un miembro del personal escolar. No se permite la presencia en la propiedad escolar de los estudiantes que están suspendidos fuera de la escuela sin tener el permiso por escrito del director de la escuela. A menos que el estudiante tenga permiso por escrito de una autoridad de la escuela para permanecer en las instalaciones escolares o en un autobús escolar o estar presente en un evento patrocinado por la escuela, los alumnos cuyos casos de suspensión a largo plazo o acción disciplinaria adicional estén pendientes (no incluyendo audiencias disciplinarias) tienen prohibido permanecer en cualquier propiedad o autobús escolar o en actividades patrocinadas por la escuela. Los estudiantes culpables de un ingreso prohibido o invasión a la propiedad en cualquier propiedad escolar están sujetos a arresto y acciones correctivas en la escuela. Todas las personas que visitan la escuela deben dirigirse directamente a la oficina principal.
Ausentismo escolar - La asistencia a la escuela es obligatoria hasta los 18 años, a menos que el estudiante esté eximido legalmente, se haya graduado o haya completado un programa de diploma de equivalencia de la escuela secundaria (GED®). Las autoridades encargadas de la asistencia están autorizadas para exigir el cumplimiento de los requisitos de asistencia y si es necesario remitir a los tribunales a los alumnos y/o a los padres para acciones legales.
Vandalismo - Los estudiantes no dañarán, estropearán ni destruirán maliciosa ni intencionalmente la propiedad escolar o las pertenencias de los demás (esto incluye tanto grafiti, como vandalismo a computadoras y otras unidades electrónicas). Los estudiantes tienen la responsabilidad de reembolsar a la Junta Escolar por el daño o destrucción de la propiedad, o por los artículos no devueltos que son propiedad o están bajo control de la Junta Escolar. Se podrán tomar acciones correctivas en contra de los alumnos que no devuelvan los bienes que sean propiedad o estén bajo el control de la Junta Escolar. Las leyes de Virginia autorizan a la Junta Escolar a iniciar acciones legales para recuperar de los padres de dichos alumnos el costo de los daños correspondientes.
Infracciones de las reglas escolares, deportivas, de clubes o de otras actividades - Además de las reglas del Código de Conducta, se espera que los estudiantes obedezcan las reglas establecidas por su propia escuela y las reglas de los deportes, clubes y actividades en las que participan. Los infractores están sujetos a una medida correctiva según se describe en el Código de Conducta o según se estipula en el manual de la escuela. Se podrá suspender la participación del estudiante en deportes, clubes y otras actividades escolares cuando se infrinjan las reglas del equipo o actividad, incluso si las infracciones suceden fuera de la propiedad escolar y fuera del horario escolar. Esto incluye, entre otros, infracciones de las reglas de entrenamiento en equipos con respecto al uso de productos de tabaco o vaporización de nicotina, alcohol y demás drogas.
Armas - Los estudiantes no podrán estar en posesión de armas, objetos que parezcan ser armas u otros objetos que puede ocasionar daños en ninguna instalación escolar ni en ningún evento escolar (ver información adicional en «Armas y otros artículos peligrosos»).
Reglas en los autobuses escolares
General
Todas las reglas establecidas para la conducta estudiantil en las normativas, reglamentos de las Escuelas Públicas del Condado de Prince William (PWCS) y en este Código de Conducta se aplican a la disciplina estudiantil en el autobús escolar y en las paradas de autobuses, o cualquier otro vehículo aprobado por PWCS utilizado para transportar a los alumnos de ida y vuelta a la escuela y/o eventos y actividades asociados con la escuela.
El Código de Virginia en su sección 22.1-176 permite, pero no exige, que las juntas escolares proporcionen transporte para los estudiantes. PWCS ofrecerá transporte diariamente a todos los alumnos que vivan dentro de su jurisdicción de asistencia a más de una milla de la escuela. Se podrá requerir que los estudiantes que sean elegibles para recibir transporte caminen hasta una milla para llegar a la parada del autobús. No se proporciona transporte para los alumnos que vivan dentro del límite establecido por la escuela para que vayan caminando.
Se proporcionará un servicio de autobús expreso para aquellos estudiantes matriculados en todos los programas de especialización. Este servicio se brindará exclusivamente desde y hasta las paradas de autobús exprés. Los padres de familia son responsables de proporcionar el transporte de ida y vuelta a las paradas de autobús exprés. En muchos casos, estas paradas podrán estar ubicadas a dos o tres millas de la residencia del estudiante.
Se permite el uso de dispositivos de comunicación inalámbricos en los autobuses escolares siempre que dicho dispositivo no distraiga al conductor, comprometa la seguridad o contravenga otras reglas y reglamentos del autobús escolar.
Esperando el autobús
La ley estatal requiere que los autobuses operen en las mismas rutas a diario y de acuerdo con sus horarios. Se pide a los padres o personas designadas que acompañen a sus hijos hasta la parada del autobús y luego de vuelta a casa. Se recomienda a las familias que se inscriban en Here Comes the Bus™ [Aquí viene el autobús] desde su aplicación móvil de PWCS. Esta es una herramienta útil para el seguimiento de los autobuses escolares.
Los estudiantes deben:
- estar a tiempo;
- llegar a la parada por lo menos 5 o 10 minutos antes de la hora fijada para el arribo del autobús;
- esperar alejados de la calzada. No deben pararse en la calle a esperar el autobús;
- mantener una conducta apropiada;
- respetar la propiedad de los demás;
- esperar a que el autobús se detenga y recién entonces caminar hacia la puerta delantera. No correr al lado de un autobús en movimiento;
- subir al autobús de forma ordenada;
- usar la parada de autobús más cercana a su casa. Caminar hasta la casa de un amigo para esperar el autobús puede causar aglomeración en una parada determinada.
Los estudiantes que viajan en el autobús deben:
- obedecer las instrucciones del conductor y/o su ayudante;
- sentarse enseguida;
- permanecer sentados mirando hacia delante;
- compartir los asientos de manera equitativa;
- ser corteses;
- respetar la propiedad;
- mantener todas las partes del cuerpo dentro del autobús;
- mantener los pasillos despejados;
- mantener una buena conducta;
No se permitirán las siguientes infracciones:
- encender fuego;
- pelear;
- fumar;
- decir malas palabras;
- hacer payasadas o juego brusco;
- comer o beber;
- escupir;
- hacer gestos obscenos;
- vandalismo;
- arrojar objetos desde el autobús;
- hacer ruidos fuertes;
- tener objetos de vidrio;
- transportar objetos grandes;
- hacer grabaciones en audio o video, o tomar fotografías, con el objeto de causar daño a otros, alterar el orden o distraer al conductor;
- manipular el equipamiento;
- tener armas;
- usar, estar en posesión o distribuir drogas u otras sustancias y parafernalia relacionada;
- tirar basura;
- hacer amenazas;
- poner a los demás en peligro; ni
- otras infracciones del Código de Conducta.
Bajada del autobús
Los estudiantes deben:
- quedarse sentados hasta que el autobús se detenga por completo;
- salir del autobús de forma ordenada; los alumnos de las filas delanteras saldrán primero;
- retirarse de la parada del autobús cuando sea seguro y tan pronto como se bajen del autobús;
- no quedarse cerca del autobús después de bajarse;
- si es necesario cruzar la calle, debe hacerse por la parte delantera del autobús y a una distancia de por lo menos diez pies del vehículo [unos tres metros de distancia]; y
- no cruzar hasta que el conductor le indique que es seguro hacerlo. Está prohibido cruzar vías públicas de cuatro o más carriles o carreteras divididas.
Si surgiera un problema disciplinario en la tarde y el problema es de tal magnitud que el conductor considera que no es seguro seguir conduciendo, el conductor regresará a la escuela para buscar inmediatamente asistencia o para que se tome una medida disciplinaria. Los conductores tienen instrucciones de reportar cualquier infracción al director/personal designado de la escuela.
Cambio de autobuses
Los estudiantes deben presentar una solicitud por escrito de uno de los padres para ir a otra parada que no sea su parada regular en su autobús regular o para viajar en un autobús alternativo. Esta solicitud por escrito está sujeta a la aprobación del director de la escuela, o su representante, antes de subir al autobús. Los conductores de autobuses deben recibir una notificación de la oficina de la escuela cuando se da la aprobación a un estudiante para cambiar a una parada o a un autobús alternativo.
No se hará ningún cambio en la ubicación de las paradas o en las rutas de los autobuses sin la aprobación del departamento de Transporte.
No se hará ningún cambio en el autobús asignado sin la autorización del director de la escuela y del departamento de Transporte.
Ingreso prohibido
Solo las personas autorizadas tienen permiso para subir a un autobús escolar (propiedad escolar). «Será ilegal que cualquier persona, sea o no un estudiante, entre o permanezca en cualquier propiedad escolar después de que una persona autorizada le haya indicado que abandone la propiedad» (sección 18.2-128 del Código de Virginia).
Viajar en el autobús escolar es un privilegio *
Si se le informa a un director que un estudiante no se está portando como es debido, el director será responsable de imponer una acción disciplinaria, la cual podrá incluir la pérdida del privilegio de viajar en el autobús hasta que los padres del alumno, el conductor, el director y, a veces, un representante del departamento de Transporte, puedan llegar a un acuerdo sobre cómo corregir el problema. Los padres serán responsables de proporcionar un medio de transporte al estudiante que ha perdido el privilegio de usar el autobús escolar.
Si tuvieran alguna duda, ver el reglamento 431-4, «Transporte para estudiantes».
Las amenazas verbales o por escrito de causar un daño a terceros o a la propiedad de PWCS que se planifiquen o se hagan en un autobús escolar o que tengan la intención de ser llevadas a cabo en un autobús escolar, en una parada o en el viaje de ida o vuelta de la escuela, podrán derivar en la pérdida de transporte por un período específico o por el resto del año escolar, además de otras acciones disciplinarias.
En algunos autobuses existe un sistema de cámaras de video que graban las actividades dentro del autobús. Sírvanse contactar al director del departamento de Transporte para recibir ayuda relacionada con problemas con el transporte de su hijo/a.
* Viajar en el autobús escolar es un privilegio, excepto como es exigido por la ley para los estudiantes con discapacidades.
Sustancias prohibidas
En esta sección se resumen las reglas que rigen las sustancias prohibidas en las Escuelas Públicas del Condado de Prince William (PWCS). Sírvanse consultar el reglamento 735-1, «Sustancias prohibidas» para obtener información con respecto a este tema.
De conformidad con la sección 22.1-277.08 del Código de Virginia, la Junta Escolar deberá, pero no está obligada a ello, expulsar a cualquier estudiante que se ha determinado que ha llevado a la propiedad de la escuela o a una actividad patrocinada por la escuela una sustancia regulada, imitación de una sustancia regulada o marihuana, según se define en la sección 18.2-247 del Código de Virginia. Los alumnos que violen la ley serán derivados a las autoridades locales para que se tomen medidas apropiadas en la justicia penal o en el sistema de delincuencia juvenil. Sin embargo, la Junta Escolar y/o la superintendenta o su representante (los superintendentes asociados del área, la directora o un oficial de audiencias de SMAPD) tendrán la autoridad de modificar el tipo de acción disciplinaria cuando existan circunstancias especiales basadas en los hechos de una situación en particular. Las circunstancias especiales incluyen, pero no se limitan a los criterios estipulados en la sección 22.1-277.06 (C) del Código de Virginia, según se describe en el reglamento 745-1 «Suspensión a largo plazo o expulsión de estudiantes».
La lista de sustancias prohibidas y su parafernalia relacionada por las cuales un alumno puede ser expulsado bajo las reglas de PWCS es más extensa que la lista de sustancias prohibidas para las cuales la ley exige la expulsión. Aun cuando las sustancias prohibidas y parafernalia relacionada no se encuentren dentro de la clase de sustancias prohibidas por la ley, cualquier estudiante podrá ser expulsado si participa en la posesión, uso, recibo o intento de recibo, compra o intento de compra, distribución o intento de distribución de sustancias prohibidas o parafernalia relacionada, a menos que la persona designada por la superintendenta (el superintendente asociado del nivel correspondiente, la directora o un oficial de audiencias de SMAPD) o la Junta Escolar determinen que existen circunstancias especiales que justifican una medida disciplinaria menor, o ningún tipo de medida, basándose en los hechos de una situación en particular. En algunos casos, podría cuestionarse si la posesión, uso y distribución de una sustancia u objeto constituye una violación disciplinaria. Para tomar decisiones sobre las medidas disciplinarias, se tendrá en consideración la naturaleza y el aspecto de la sustancia o parafernalia relacionada, su propósito y cómo fue utilizada o cómo se intentó utilizar.
Obligación de denunciar sustancias prohibidas - Todos los empleados y alumnos de PWCS deben notificar al director, subdirector, policía asignado a la escuela, personal de seguridad, docente u otro empleado de la escuela, de manera inmediata, si existen motivos para creer que hay o que puede haber sustancias prohibidas o parafernalia relacionada dentro de la escuela, las instalaciones de la escuela, en los autobuses escolares, en las paradas de autobús, el camino de ida y vuelta a la escuela o durante cualquier actividad relacionada con la escuela. Los alumnos que tengan tal conocimiento, pero no informen de la presencia o la presencia anticipada de sustancias prohibidas o parafernalia relacionada, podrán también estar sujetos a sanciones disciplinarias. El director o su representante tendrá la autoridad correspondiente para actuar inmediatamente conforme a las normas de la división escolar para garantizar la seguridad y bienestar del alumnado y el personal. Los recursos policiales y de seguridad de la división escolar y el departamento de policía local estarán disponibles para asistir al director en esta intervención.
Consecuencias de una infracción de sustancias prohibidas - Cualquier estudiante acusado de cometer una infracción a las reglas de sustancias prohibidas podrá ser sujeto de acciones disciplinarias. Esto puede incluir una suspensión de cinco días con una entrevista informal con el director o subdirector de la escuela donde se recogerá información sobre el incidente. Después de la entrevista informal, el administrador de la escuela se reunirá con el superintendente asociado del nivel correspondiente para determinar si puede justificarse una recomendación a SMAPD para aplicar una medida disciplinaria adicional. En tal caso, se aplicarán apropiadamente los procedimientos estipulados en el reglamento 745-1, «Suspensión a largo plazo o expulsión de estudiantes», el reglamento 745-2, «Disciplina de estudiantes con discapacidades» y el reglamento 747-1, «Departamento de Administración Estudiantil y Programas Alternativos (SMAPD)». Los directores o sus representantes designados pueden ofrecer a los infractores por abuso de sustancias y a sus padres la oportunidad de participar voluntariamente en el programa New Horizons en la escuela secundaria.
Una suspensión por abuso de sustancias también resultará en una suspensión inmediata por un mínimo de 30 días calendario de la participación en todas las actividades escolares (equipos, clubes y demás actividades patrocinadas por la escuela) incluyendo las prácticas. A menos que el estudiante tenga permiso por escrito de una autoridad de la escuela para permanecer en las instalaciones escolares o en un autobús escolar o estar presente en un evento patrocinado por la escuela, los alumnos cuyos casos de suspensión a largo plazo o expulsión estén pendientes (con la excepción de audiencias disciplinarias) tienen prohibido permanecer en cualquier propiedad o autobús escolar o en actividades patrocinadas por la escuela. Ya sea que exista suspensión o no, los entrenadores y patrocinadores, con la aprobación de la administración de la escuela, pueden suspender a los estudiantes de participar en actividades patrocinadas por la escuela por violación de las reglas del equipo, club o actividad relacionada con sustancias prohibidas. Esto incluye la violación de las reglas con respecto al uso de sustancias prohibidas, incluso si el consumo se produce fuera de las instalaciones de la escuela y en un día que no hay clases. El estudiante también puede estar sujeto a un período disciplinario probatorio de 90 días calendario durante el cual los directores pueden exigir un seguimiento subsiguiente con el personal de prevención de abuso de sustancias.
Armas y otros artículos peligrosos
En esta sección se resumen las reglas que rigen las armas y otros objetos prohibidos en PWCS. Para obtener más información con respecto a este tema, consultar el reglamento 775-1, «Armas y otros objetos prohibidos».
Para garantizar la seguridad y el bienestar de los estudiantes, el personal y demás personas que se encuentren en las instalaciones escolares o en actividades escolares y para proteger la propiedad de las escuelas, las armas y otros objetos prohibidos no están permitidos en ninguna propiedad escolar, en los autobuses escolares, en el trayecto de ida y vuelta a la escuela, o durante ninguna actividad relacionada con la escuela independientemente de donde tenga lugar. La propiedad escolar se refiere a toda propiedad perteneciente o alquilada por la Junta Escolar o todo vehículo perteneciente, alquilado o conducido por o para la Junta Escolar. Los estudiantes también pueden estar sujetos a acciones disciplinarias por infracciones con armas que ocurran fuera de las instalaciones escolares, si la infracción resulta o es probablemente previsible que resulte en la interrupción material de las operaciones de la escuela, si la infracción es planeada en la escuela o durante las actividades escolares, si la infracción tiene lugar cuando el estudiante está bajo la autoridad de la escuela in loco parentis (es decir, en representación de los padres), o si la infracción amenaza la seguridad y bienestar de los estudiantes, del personal o de la propiedad escolar, o si la infracción está de alguna manera relacionada con la escuela.
Expulsión obligatoria por ciertas infracciones que incluyen el uso de algunas armas o armas de fuego - De conformidad con la ley federal de Escuelas sin Armas y la ley de Virginia, la Junta Escolar debe expulsar de la escuela durante un mínimo de un año (365 días) a todo estudiante que haya llevado un arma de fuego, un dispositivo destructivo, un arma de fuego con silenciador o un arma de aire comprimido dentro de la propiedad de la escuela, en un autobús escolar o durante alguna actividad relacionada con la escuela. Sin embargo, la Junta Escolar, y/o la persona delegada por la superintendenta (el superintendente asociado del nivel correspondiente, la directora o un oficial de audiencias de SMAPD) tendrán la autoridad para modificar el término de expulsión por infracciones de este tipo, o el tipo de acción disciplinaria, cuando existan circunstancias especiales basadas en los hechos de una situación en particular. Las circunstancias especiales incluyen, pero no se limitan a, los criterios estipulados en la sección 22.1-277.06 (C) del Código de Virginia, según se describe en el reglamento 745-1 «Suspensión a largo plazo o expulsión de estudiantes». Los estudiantes que contravengan esta ley serán derivados a las autoridades locales para que se tomen medidas apropiadas en el ámbito de la justicia penal o el sistema de delincuencia juvenil.
La lista de armas y objetos prohibidos y parafernalia por las cuales un estudiante puede ser expulsado bajo las reglas de PWCS es más extensa que la lista de armas para las cuales la ley exige la expulsión. Aun cuando el arma no se incluya en la clase de armas prohibidas por ley, se recomendará la expulsión de los estudiantes que posean, usen, reciban o intenten recibir, compren o intenten comprar, distribuyan o intenten distribuir todo tipo de armas u objetos prohibidos en la propiedad escolar o en actividades relacionadas con ella o conectadas de alguna manera a la escuela, a menos que el representante de la superintendenta (el director junto con el superintendente asociado del nivel correspondiente, la directora de SMAPD o un oficial de audiencias de SMAPD) determine que existen circunstancias especiales que justifiquen una medida disciplinaria menor o ninguna acción en absoluto. En algunos casos, podría cuestionarse si la posesión, uso y distribución de un objeto constituye una violación disciplinaria. Para tomar decisiones sobre las medidas disciplinarias, se tendrá en consideración la naturaleza y el aspecto del objeto, su propósito y como fue utilizado o como se intentó utilizar.
Obligación de reportar sobre armas u objetos prohibidos - Todos los empleados y alumnos de PWCS deben notificar inmediatamente al director, subdirector, cualquier policía de la comunidad, personal de seguridad, cualquier docente u otro empleado de la escuela, si tienen motivos para creer que hay o puede haber algún arma en la escuela, las instalaciones de la escuela, en los autobuses escolares, en las paradas de autobús o en cualquier actividad relacionada con la escuela. Los estudiantes que saben pero no informan sobre la presencia o la presencia anticipada de armas, están también sujetos a medidas disciplinarias. El director o su representante tendrá la autoridad correspondiente para actuar inmediatamente conforme a las normas de la división escolar para garantizar la seguridad y bienestar del alumnado y el personal. Los recursos policiales y de seguridad de la división escolar y el departamento de policía local estarán disponibles para asistir en esta acción. Si un alumno descubre que tiene en su poder un objeto que pueda considerarse un «arma», este estudiante debe informarlo al administrador u otro miembro del personal inmediatamente. En las medidas de seguimiento se tendrá en cuenta que el estudiante proporcionó la información al personal de forma voluntaria.
Consecuencias de una infracción relacionada con armas - Todo estudiante acusado de una infracción relacionada con armas u otro(s) objeto(s) prohibido(s) deberá tener una entrevista informal con el director o el subdirector de la escuela. Después de la entrevista y revisión con el superintendente asociado del nivel, se presentará una recomendación para la expulsión u otra medida disciplinaria en cuyo caso deberán seguirse, conforme sea lo apropiado, los procedimientos establecidos en el reglamento 745-1 «Suspensión a largo plazo o expulsión de estudiantes», el reglamento 747-1 «Departamento de Administración Estudiantil y Programas Alternativos (SMAPD)» y el reglamento 745-2 «Disciplina de estudiantes con discapacidades».
Resumen del código disciplinario
La filosofía de las Escuelas Públicas del Condado de Prince William (PWCS) tiene un enfoque preventivo y restaurativo de la conducta no deseada, la cual se alinea con la «Guía modelo para una política positiva y preventiva del código de conducta estudiantil y alternativas a la suspensión» del departamento de Educación de Virginia. Si se les niega a los estudiantes el derecho a las oportunidades de aprendizaje como resultado de una conducta no deseada, el docente, el director y otros miembros del personal escolar determinarán medidas correctivas apropiadas utilizando un sistema de respuesta gradual que incorpore instrucción, restauración y respuestas apropiadas para la edad. Cuando en el comportamiento de un alumno no hay una mejoría ante las intervenciones y aumenta la frecuencia, intensidad y duración, el nivel de respuesta puede incrementarse en severidad.
Las siguientes categorías de comportamientos de los estudiantes, según son definidos por el departamento de Educación de Virginia, fueron diseñadas para ayudar a reconocer el impacto que el comportamiento tiene en el entorno de aprendizaje escolar y para fomentar respuestas que promuevan las competencias de aprendizaje socioemocionales.
- Comportamientos que impiden el progreso académico (BAP, por sus siglas en inglés)
Estos comportamientos impiden el progreso académico del estudiante o de los estudiantes. Por lo general, son indicativos de la falta de autogestión o autoconciencia del alumno. A veces, el estudiante puede necesitar ayuda para comprender cómo el comportamiento de uno afecta a los demás. Por lo tanto, como resultado, también puede indicarse la capacitación en conciencia social. - Comportamientos relacionados con las operaciones escolares (BSO, por sus siglas en inglés):
Estos comportamientos interfieren con la operación diaria de los procesos escolares. Los estudiantes que exhiben estos comportamientos pueden tener una necesidad de desarrollar habilidades de autogestión, autoconciencia o conciencia social. - Comportamientos de interrelación (RB, por sus siglas en inglés):
Estos comportamientos crean una relación negativa entre dos o más personas que no deriva en daño físico. Los comportamientos de interrelación afectan a toda la comunidad escolar en el sentido de que el clima escolar suele ser un reflejo de cómo las personas se tratan entre sí. Los estudiantes que presentan dificultades con los comportamientos de interrelación también pueden tener dificultades con las otras competencias socioemocionales. - Comportamientos preocupantes de seguridad (BSC, por sus siglas en inglés):
Estos comportamientos crean condiciones inseguras para los estudiantes, el personal y los visitantes de la escuela. Las razones subyacentes de este tipo de comportamiento pueden estar en cualquiera de las competencias socioemocionales, por lo que el administrador escolar debe investigar la motivación subyacente del comportamiento del estudiante. El entrenamiento en conciencia social y la toma de decisiones son usualmente indicadas en cualquier comportamiento que crea un problema de seguridad. - Comportamientos de ponerse en peligro a sí mismos o a otros (BESO, por sus siglas en inglés):
Estos comportamientos ponen en peligro la salud, la seguridad y el bienestar del estudiante o de otros en la comunidad escolar. Los comportamientos que alcanzan este nivel de gravedad suelen ser complejos. Si bien son indicativos de habilidades deficientes en la toma de decisiones, los estudiantes que exhiben estos comportamientos también pueden tener necesidades de desarrollo en las otras competencias socioemocionales. - Comportamientos persistentemente peligrosos (PDB, por sus siglas en inglés):
Estos comportamientos se utilizan en los cálculos para identificar una escuela como persistentemente peligrosa. «Los incidentes que se utilizarán como medidas para determinar escuelas públicas persistentemente peligrosas son aquellas infracciones y delitos violentos contra una persona y la posesión de drogas con intención de distribuir o vender, todos designados como delitos graves en la sección penal del Código de Virginia (Título 18.2)». Estos comportamientos ameritan un informe a la oficina de la Superintendencia y a las fuerzas del orden y deben abordarse de manera consistente con una respuesta de nivel 5.
Las reglas y reglamentos del Código de Conducta tienen la intención de guiar la conducta de los estudiantes en las escuelas, autobuses escolares, los trayectos de ida y vuelta a la escuela y durante la participación en cualquier actividad patrocinada por PWCS. Conforme se especifica en el Código de Conducta, el comportamiento percibido como causa justa para acción disciplinaria incluirá, entre otras, cualquiera de las infracciones indicadas abajo. Estos comportamientos pueden derivar en respuestas administrativas que van desde el nivel 1 al nivel 5B, tal como se muestra en la siguiente tabla.
Categorías de comportamientos estudiantiles
* El siguiente cuadro identifica las consecuencias disciplinarias recomendadas por el departamento de Educación de Virginia en respuesta a ciertas malas conductas. Las respuestas disciplinarias no se limitan a aquellas identificadas y pueden elevarse a un nivel de respuesta administrativa más alto por conducta repetida o conducta que involucre circunstancias agravantes, lo que derivará en consecuencias disciplinarias que excedan estas pautas.
Categoría de comportamientos | Descripción del comportamiento | Posible respuesta administrativa (las respuestas administrativas pueden variar en nivel) |
Posibles niveles de respuesta |
---|---|---|---|
CATEGORÍA A COMPORTAMIENTOS QUE IMPIDEN EL PROGRESO ACADÉMICO (BAP) (Estos comportamientos, que impiden el progreso académico de los estudiantes, incluyen, entre otros, los siguientes). |
Escuelas primarias:
Escuelas intermedias y secundarias:
|
Nivel 1: Apoyos, intervenciones o sanciones menores en el aula Nivel 2: Sanciones menores hasta suspensión por un máximo de tres días |
NIVEL I |
CATEGORÍA B COMPORTAMIENTOS RELACIONADOS CON LAS OPERACIONES ESCOLARES (BSO) (Estos comportamientos que interfieren con la operación diaria de los procesos escolares incluyen, entre otros, los siguientes.) |
Escuelas primarias, intermedias y secundarias:
|
Nivel 1: Apoyos, intervenciones o sanciones menores en el aula Nivel 2: Sanciones menores hasta suspensión por un máximo de tres días Nivel 3: Suspensión entre cuatro y cinco días |
NIVEL I |
CATEGORÍA C COMPORTAMIENTOS DE INTERRELACIÓN (RB): (Estos comportamientos que crean una relación negativa entre dos o más personas que no deriva en daño físico incluyen, entre otros, los siguientes). |
Escuelas primarias, intermedias y secundarias:
|
Nivel 1: Apoyos, intervenciones o sanciones menores en el aula Nivel 2: Sanciones menores hasta suspensión por un máximo de tres días Nivel 3: Suspensión entre cuatro y cinco días Nivel 5A: Suspensión por más de 10 días consecutivos, pero menos de 365 días consecutivos (se requiere una audiencia disciplinaria de SMAPD) Nivel 5B: Recomendación de expulsión (se requiere una audiencia disciplinaria de SMAPD) |
NIVEL II |
CATEGORÍA D CONDUCTAS PREOCUPANTES DE SEGURIDAD (BSC). (Estos comportamientos, que crean condiciones inseguras para los estudiantes, el personal y los visitantes de la escuela incluyen, entre otros, los siguientes). |
Escuelas primarias, intermedias y secundarias:
|
Nivel 1: Apoyos, intervenciones o sanciones menores en el aula Nivel 2: Sanciones menores hasta suspensión por un máximo de tres días Nivel 3: Suspensión entre cuatro y cinco días |
NIVEL II NIVEL III |
CATEGORÍA E COMPORTAMIENTOS DE PONERSE EN PELIGRO A SÍ MISMOS O A LOS DEMÁS (BESO) (Estos comportamientos, que ponen en peligro la salud, la seguridad y el bienestar del estudiante o de otros en la comunidad escolar incluyen, entre otros, los siguientes.) |
|
Nivel 1: Apoyos, intervenciones o sanciones menores en el aula Nivel 2: Sanciones menores hasta suspensión por un máximo de tres días Nivel 3: Suspensión entre cuatro y cinco días Nivel 4: Suspensión entre seis y 10 días Nivel 5A: Suspensión por más de 10 días consecutivos, pero menos de 365 días consecutivos (se requiere una audiencia disciplinaria de SMAPD) Nivel 5B: Recomendación de expulsión (se requiere una audiencia disciplinaria de SMAPD) |
NIVEL III |
CATEGORIA F COMPORTAMIENTOS PERSISTENTEMENTE PELIGROSOS (PDB) (Estos comportamientos son indicadores de que el estudiante necesita intervenciones y apoyos que incluyen, entre otros, los siguientes). |
|
Nivel 5A: Suspensión por más de 10 días consecutivos, pero menos de 365 días consecutivos (se requiere una audiencia disciplinaria de SMAPD) Nivel 5B: Recomendación de expulsión (se requiere una audiencia disciplinaria de SMAPD) |
NIVEL III |
Ejemplos de respuestas escalonadas en la disciplina estudiantil
NIVEL I
EJEMPLOS DE INTERVENCIONES Y RESPUESTAS EN LA ESCUELA Y EN EL AULA
Intervenciones:
- Reunión en la clase
- Confiscación de dispositivos de comunicación y entretenimiento disruptivos
- Enfocarse en la prevención del consumo de tabaco y vapeo
- Reenseñanza o modelado del comportamiento deseado
- Reconocer/premiar el comportamiento apropiado
- Entrevista administrador/estudiante y/o entrevista administrador/estudiante/docente
- Reflexión escrita o carta de disculpa
- Mediación entre pares o resolución de conflictos
- Gráfico de progreso del comportamiento
- Servicio comunitario (apropiado para corregir el comportamiento)
- Entrevista de administrador/docente/padre/tutor
Respuestas disciplinarias:
- Restitución
- Cambio de asiento
- Pérdida de privilegios escolares
- Confiscación por parte de la administración
- Detención (antes de la escuela, durante el almuerzo, después de la escuela)
- Suspensión dentro de la escuela (uno o dos días) con instrucción conductual y apoyo académico
NIVEL II
EJEMPLOS DE INTERVENCIONES Y RESPUESTAS ADMINISTRATIVAS
Intervenciones:
- Entrevista con el estudiante
- Entrevista de administrador/docente/consejero/estudiante (incluye reenseñanza del comportamiento esperado)
- Entrevista de administrador/docente/padre/tutor
- Reunión de chequeo del estudiante con el personal (check-in/check-out)
- Mediación o resolución de conflictos
- Remisión a servicios de apoyo (p. ej., consejero escolar, intervencionista conductual, programa de mentoría y equipo de resolución de problemas p. ej. VTSS), programa de intervención y uso de sustancias)
- Remisión al equipo del programa educativo individualizado (IEP)
- Servicio comunitario (apropiado para corregir el comportamiento)
- Remisión a servicios comunitarios
Respuestas disciplinarias:
- Cambios en los horarios
- Detención (antes de la escuela, durante el almuerzo o después de la escuela)
- Escuela sabatina
- Restitución
- Confiscación
- Pérdida temporal de privilegios
- Suspensión dentro de la escuela con intervenciones conductuales y/o prácticas restaurativas (de uno a tres días)
NIVEL III
EJEMPLOS DE INTERVENCIONES Y RESPUESTAS PROLONGADAS
- Evaluación de la conducta funcional y plan de intervención de conducta
- Medidas disciplinarias adicionales (suspensión a largo plazo o una recomendación para la expulsión) por SMAPD
- No participación en actividades patrocinadas por la escuela
- Colocación en un programa de educación no tradicional
- Orden para prohibir el ingreso a la propiedad escolar
- Suspensión fuera de la escuela
- Acción policial/judicial
- Derivación a una agencia comunitaria apropiada, servicio de salud mental, servicios de consejería sobre abuso de sustancias, etc.
- Restitución
Estas intervenciones y respuestas en los niveles de infracción tienen como objetivo enseñar una conducta apropiada y alternativa, para que los alumnos puedan aprender y demostrar un comportamiento seguro y respetuoso. Los ejemplos mencionados no son las únicas opciones ni tampoco se requiere que sean seguidos al pie de la letra. En todos los casos, el personal debe considerar revisiones a los planes que apoyan a los estudiantes con necesidades especiales (respuestas a la intervención, estudio integral del niño, programa educacional individualizado (IEP) o plan de la sección 504).
Reuniones de disciplina
En cualquier momento en que los estudiantes o sus padres crean que no se están teniendo en cuenta los mejores intereses del individuo o del grupo, se planificará una reunión con el docente, el consejero, coach u otro personal escolar. Si no se llega a un acuerdo entre el alumno y el personal escolar, entonces el estudiante tiene derecho a:
- Concertar una reunión con el director o el subdirector asignado para conversar sobre las condiciones o decisiones que en opinión del estudiante le perjudican.
- Solicitar una reunión con los padres, el estudiante y el director si no está conforme con los resultados de las reuniones iniciales.
- Ver «Trámites de apelación» y según se consigna en el reglamento 731-1, «Apelación de asuntos estudiantiles».
Estudiantes retirados de la clase por el docente
Los maestros pueden retirar o sacar de la clase a los alumnos que causan desorden de acuerdo con la normativa 702 de la Junta Escolar, «Retiro de estudiantes de la clase por el docente», tal como se indica a continuación.
El Código de Virginia en su sección 22.1-276.2 establece la autoridad inicial de un docente para sacar a un estudiante de la clase por conducta disruptiva. Además, el Código de Virginia define el comportamiento de alteración del orden como «una violación de los reglamentos de la Junta Escolar que gobierna la conducta de los estudiantes que interrumpen u obstruyen el ambiente de aprendizaje».
Notificaciones legales para estudiantes y padres de familia
Los estudiantes y los padres también son responsables de leer y familiarizarse con las siguientes normativas y reglamentos que los pone sobre aviso de los programas y procedimientos disciplinarios de las Escuelas Públicas del Condado de Prince William:
- Normativa 681 y reglamento 681-1, «Programas educativos no tradicionales»
- Normativa 702, «Retiro de estudiantes de la clase por el docente»
- Normativa 715, «Aviso del estatus escolar de un estudiante como condición obligatoria de matrícula» y reglamento 715-5, «Divulgación del historial disciplinario y de antecedentes penales de un niño antes de ser matriculado en una escuela».
- Normativa 730, «Conducta y responsabilidades del estudiante» y reglamento 730-1, «Conducta»
- Normativa 731-1 y reglamento 731-1, «Apelación de asuntos estudiantiles»
- Normativa 735 y reglamento 735-1, «Sustancias prohibidas»
- Normativa 743 y reglamento 743-1, «Disciplina estudiantil»
- Normativa 744 y reglamento 744-1, «Suspensión de estudiantes a corto plazo»
- Normativa 745, «Suspensión a largo plazo o expulsión de estudiantes, readmisiones y exclusión/admisión», reglamento 745-1, «Suspensión a largo plazo o expulsión de estudiantes», reglamento 745-4, «Procedimientos de la comisión disciplinaria de la Junta Escolar para audiencias de apelación por expulsión de estudiantes», reglamento 745-5, «Readmisiones y exclusiones/admisiones» y reglamento 745-6 «Apelaciones a la Junta Escolar contra suspensión a largo plazo y expulsión»
- Normativa 747 y reglamento 747-1, «Departamento de Administración Estudiantil y Programas Alternativos (SMAPD)»
- Normativa 775 y reglamento 775-1, «Armas y otros objetos prohibidos»
Procedimientos de suspensión
En esta sección se resumen las reglas que rigen la suspensión fuera de la escuela. Un director o subdirector puede suspender a un estudiante de la escuela por mala conducta, lo que incluye, pero no se limita a violaciones del Código de Conducta. Pueden consultar el reglamento 744-1 «Suspensión de estudiantes a corto plazo» y el reglamento 745-1 «Suspensión a largo plazo o expulsión de estudiantes» para conocer las reglas que rigen sobre las suspensiones a corto y a largo plazo. La suspensión de estudiantes que reciben servicios de educación especial se realizará conforme al reglamento 745-2 «Disciplina de estudiantes con discapacidades». Siempre que se imponga una suspensión, el director o su representante realizará todos los esfuerzos razonables para comunicarse con los padres con el objeto de informarles sobre la suspensión inminente y para hacer los arreglos del regreso del alumno a su casa.
Con excepción de lo dispuesto en las secciones 22.1-277.07 o 22.1-277.08 del Código de Virginia, ningún estudiante desde preescolar hasta tercer grado será suspendido por más de tres días escolares o expulsado de la escuela, a menos que (i) la infracción involucre daño físico o amenaza de daño físico a los demás o que (ii) la Junta Escolar o la superintendenta o su representante determine que existen circunstancias agravantes, según lo determinado por el superintendente asociado del nivel correspondiente (seis a 10 días) o el departamento de Administración Estudiantil y Programas Alternativos (más de 10 días escolares) quienes actúan como delegados de la superintendenta. Un estudiante desde preescolar hasta tercer grado puede ser suspendido o expulsado de la escuela cuando la división escolar recibe un informe, de acuerdo con la sección 16.1-305.1 del Código de Virginia, de una adjudicación de acto delincuencial o una sentencia por un delito listado en la subsección G de la sección 16.1-260 del Código de Virginia.
Es responsabilidad del estudiante obtener y completar todas las tareas escolares perdidas durante el período de suspensión. Dichas tareas escolares deben completarse dentro del plazo establecido por la escuela. Sin embargo, el director tiene la libertad de asignar otras tareas escolares u opciones compensatorias que serían más efectivas para lograr el cambio de conducta de los estudiantes en cuestión. Los estudiantes que son suspendidos de la escuela tienen prohibida la entrada la propiedad escolar (incluyendo los buses escolares) y en actividades relacionadas con la escuela durante el tiempo que dure la suspensión y podrían ser arrestados por ingreso ilegal a la propiedad. A menos que el estudiante tenga permiso por escrito de una autoridad de la escuela para permanecer en las instalaciones escolares o en un autobús escolar o estar presente en un evento patrocinado por la escuela, los alumnos cuyos casos de suspensión a largo plazo o expulsión estén pendientes (con la excepción de audiencias disciplinarias) tienen prohibido permanecer en cualquier propiedad o autobús escolar o en actividades patrocinadas por la escuela. Los estudiantes que son suspendidos de la escuela también deben ser suspendidos de participar en todas las actividades escolares (equipos, clubes y todas las demás actividades patrocinadas por la escuela) incluyendo la práctica deportiva. En los casos en que un padre o un estudiante adulto notifica al director de que habrá una apelación a la suspensión, se permitirá que el alumno asista a la escuela hasta que se celebre la audiencia del caso y se pronuncie la decisión final, salvo que el director considere que la presencia del estudiante en la escuela implica una amenaza latente y permanente para la salud, seguridad o bienestar de las personas o la propiedad escolar, o que ello interrumpa el proceso educativo.
Suspensión a largo plazo - En el caso de una infracción grave que puede merecer una suspensión mayor de diez días, pero menor de 45 días lectivos, el director suspenderá al estudiante durante cinco días lectivos y les enviará al estudiante y a sus padres una notificación escrita sobre el curso de acción propuesto y, por lo tanto, las razones. Una suspensión a largo plazo puede extenderse más allá de un período de 45 días escolares, pero no deberá exceder los 364 días calendario si (i) la infracción es una descrita en las secciones 22.1- 277.07 o 22.1-277.08 del Código de Virginia o involucra lesiones corporales graves; o si (ii) la Junta Escolar o la superintendenta o su representante encuentran que existen circunstancias agravantes, según lo definido por el departamento de Educación de Virginia. El departamento de Administración Estudiantil y Programas Alternativos (SMAPD) llevará a cabo una audiencia de conformidad con los procedimientos expuestos en los reglamentos 745-1 «Suspensión a largo plazo o expulsión de estudiantes» y el reglamento 747-1 «Departamento de Administración Estudiantil y Programas Alternativos (SMAPD)» Cualquier apelación adicional será de acuerdo con el reglamento 731-1, «Apelación de asuntos estudiantiles», reglamento 745-6, «Apelaciones a la Junta Escolar contra suspensión a largo plazo y expulsión» y reglamento 745-2, «Disciplina de estudiantes con discapacidades».
Suspensión a corto plazo - En el caso de que el director o la persona designada por el director tenga la intención de suspender a un estudiante durante diez días o menos, el estudiante recibirá un aviso oral o por escrito de los cargos en su contra y, si el estudiante los rechaza, recibirá una explicación de los hechos conocidos por el personal escolar, así como una oportunidad de presentar su versión de los hechos. Los procedimientos para la suspensión a corto plazo se estipulan en el reglamento 744-1 «Suspensión de estudiantes a corto plazo».
Procedimientos de expulsión
En esta sección se resumen las normativas que rigen la expulsión, la readmisión y la exclusión. Por favor, consulten los reglamentos 745-1, «Suspensión a largo plazo o expulsión de estudiantes», 745-5, «Readmisiones y exclusiones/admisiones», 745-6 «Apelaciones a la Junta Escolar contra suspensión a largo plazo y expulsión» y 747-1, «Departamento de Administración Estudiantil y Programas Alternativos (SMAPD)», para obtener información con respecto a este tema. Consulten el reglamento 745-2, «Disciplina de estudiantes con discapacidades», para obtener información con respecto a la expulsión de estudiantes que reciben servicios de educación especial.
La Junta Escolar puede expulsar a estudiantes con causa suficiente. Se puede denegar de forma permanente el derecho de un alumno de asistir a cualquier escuela en el condado de Prince William cuando:
- el estudiante representa un peligro potencial o continuo para la salud, el bienestar o la seguridad de los demás; o
- la conducta del estudiante perturba la misión educativa o el funcionamiento organizado de la escuela; o
- el estudiante adopta una conducta que infringe las normativas y reglamentos de la división escolar o el Código de Conducta, u otros comportamientos que amenazan la seguridad de la escuela o de alguna manera se relacionan con la escuela; o
- el estudiante ha obtenido una acumulación de infracciones por las que merece la expulsión (solo estudiantes de educación general); o
- existen otras circunstancias que demuestran que la expulsión del estudiante es en el mejor interés de la escuela local o de la división escolar.
Con excepción de lo dispuesto en las secciones 22.1-277.07 o 22.1-277.08 del Código de Virginia, ningún estudiante desde preescolar hasta tercer grado será expulsado de la escuela, a menos que (i) la infracción involucre daño físico o amenaza de daño físico a los demás o que (ii) la Junta Escolar o la superintendenta o su representante determine que existen circunstancias agravantes, tal como lo define el departamento de Educación de Virginia. Un estudiante desde preescolar hasta tercer grado puede ser suspendido o expulsado de la escuela cuando la división escolar recibe un informe, de acuerdo con la sección 16.1-305.1 del Código de Virginia, de una adjudicación de acto delincuencial o una sentencia por un delito listado en la subsección G de la sección 16.1-260 del Código de Virginia.
Cualquier comportamiento del estudiante que se manifieste dentro o fuera de la propiedad de la escuela y que signifique una amenaza para la seguridad de los estudiantes o el personal, que provoque la perturbación física del funcionamiento de la escuela, que sea planeada en la escuela o durante las actividades de la escuela, que ocurra cuando el alumno está bajo la autoridad de la escuela en representación de los padres o que esté de alguna manera relacionada con la escuela, puede ser motivo de expulsión.
Los estudiantes pueden ser recomendados para expulsión a consecuencia de las siguientes infracciones:
- la posesión, uso, consumo o distribución de sustancias prohibidas, según se estipula en el reglamento 735-1, «Sustancias prohibidas»;
- posesión de armas, según se estipula en el reglamento 775-1 «Armas y otros objetos prohibidos»;
- agresiones físicas a un miembro del personal escolar, según se estipula en el reglamento 745-1, «Suspensión a largo plazo o expulsión de estudiantes; y
- agresiones en grupo, según se estipula en el reglamento 745-1 «Suspensión a largo plazo o expulsión de estudiantes».
Trámites de apelación
Una de las metas administrativas es resolver los problemas en el nivel de la escuela. La información en esta sección resume los trámites de apelación. El reglamento 731-1, «Apelaciones de asuntos estudiantiles» proporciona los detalles sobre este tema.
Resumen de los trámites y plazos para las apelaciones
Apelaciones académicas - asignación a un grado; asignación a una clase; tareas y exámenes y calificaciones de tareas y exámenes; promoción/repetición del año escolar; cuadro de honor; y colocación en programas específicos con sedes específicas.
- Primera apelación – apelación por escrito al director (o una comisión designada por el director para hacer recomendaciones) en un plazo de tres días hábiles a partir de la notificación de la acción, detallando la razón de la apelación y la solución que se busca. El director o la comisión debe responder por escrito en un plazo de cinco días lectivos o tan pronto como sea posible.
- Apelación final – apelación por escrito al superintendente asociado del nivel que corresponda o a su representante en un plazo de tres días hábiles a partir de la notificación de la decisión del director. El superintendente asociado debe responder por escrito en un plazo de cinco días hábiles o tan pronto como sea posible.
Participación en presentaciones musicales de escuela intermedia y secundaria y apelación contra asuntos académicos/relacionados con las calificaciones:
- El estudiante o sus padres deberán presentar una apelación por escrito directamente al director describiendo las circunstancias particulares.
- El director revisará la apelación y presentará la solicitud de los padres y la recomendación del director dentro de los dos días lectivos de haber recibido la apelación. Si la apelación está relacionada con la participación de los estudiantes en presentaciones musicales de la escuela intermedia y secundaria, el director enviará la solicitud y la recomendación al supervisor de artes. Cuando la apelación está relacionada con la participación de los estudiantes en presentaciones musicales de la escuela intermedia y secundaria, el director será responsable de notificar al superintendente asociado del nivel correspondiente. Si la apelación está relacionada con asuntos académicos/calificaciones, el director enviará la solicitud y la recomendación al superintendente asociado del nivel correspondiente.
- Las decisiones del superintendente asociado del nivel correspondiente y del supervisor de artes será definitiva.
Apelaciones de actividades y competiciones interescolares:
- El estudiante o sus padres pueden apelar directamente ante el director de la escuela presentando una declaración escrita que describa las circunstancias particulares.
- El director de la escuela revisará la apelación y presentará una solicitud o hará una recomendación dentro de los dos días lectivos después de recibir la apelación al supervisor de actividades estudiantiles. El director también es responsable de asesorar al superintendente asociado del nivel correspondiente en esta acción.
- La decisión del supervisor de actividades estudiantiles será definitiva.
Programas cocurriculares y extracurriculares: Apelaciones de elegibilidad - El estudiante mantiene la elegibilidad para la Liga de Escuelas Secundarias de Virginia y distrital pero no logra alcanzar la elegibilidad para los estándares del condado.
- El estudiante o sus padres pueden apelar directamente ante el director de la escuela presentando una declaración escrita que describa las circunstancias que resultaron en no lograr el estándar. La apelación debe hacerse dentro de los tres días lectivos subsiguientes a la publicación de las tarjetas de calificaciones.
- El director de la escuela revisará la apelación y presentará todas las solicitudes de apelación, acompañadas por la recomendación del director, dentro de los tres días lectivos después de recibir la apelación al supervisor de actividades estudiantiles. La decisión del supervisor de actividades estudiantiles será definitiva.
Apelaciones de graduación - El trámite y el plazo deben hacerse a tiempo dada la prontitud requerida para estas apelaciones.
- Primera apelación – entrevista informal con el director.
- Apelación final – apelación por escrito dirigida al superintendente asociado del nivel correspondiente o a su representante.
Apelaciones de transferencia - El trámite y el plazo deben ser conforme con las provisiones estipuladas en el reglamento 721-1, «Transferencias de estudiantes - kindergarten/escuela primaria/escuela intermedia» y el reglamento 721-2, «Transferencias de estudiantes - escuela secundaria».
Apelaciones de kindergarten/escuela primaria/intermedia:
- Apelación final - Las apelaciones pueden ser presentadas por escrito al supervisor de Consejería y Servicios de Apoyo Estudiantil de Secundaria (escuela intermedia) o al supervisor de Consejería y Servicios Afines de Primaria (kindergarten/escuela primaria) hasta el 1° de junio del año escolar en que la transferencia fue denegada por la escuela solicitada. El supervisor correspondiente consultará con el director del departamento de Servicios Estudiantiles y comunicará la decisión final a los padres a más tardar el 30 de junio.
Apelaciones de escuela secundaria:
- Apelación final - Las apelaciones pueden ser presentadas por escrito al supervisor de Consejería y Servicios Afines de Secundaria hasta el 1° de junio del año escolar en que la transferencia fue denegada por la escuela solicitada. El supervisor de Consejería y Servicios Afines de Secundaria consultará con el director del departamento de Servicios Estudiantiles y comunicará la decisión final a los padres a más tardar el 30 de junio.
Apelación a la decisión que involucra una denuncia de discriminación u hostigamiento
- Un estudiante que haya presentado una denuncia formal de acoso sexual bajo la ley de Título IX de conformidad con el reglamento 738-1, «Resolución de acusaciones contra estudiantes por mala conducta sexual» deberá seguir los procedimientos de apelación y tiempos establecidos en dicho reglamento.
- Un estudiante que haya presentado una denuncia de discriminación o acoso discriminatorio de conformidad con el reglamento 738-3, «Resolución de denuncias en contra de estudiantes por discriminación o acoso» deberá seguir los procedimientos de apelación y tiempos establecidos en dicho reglamento.
Apelación de colocación/reasignación a un programa de educación no tradicional por ciertos delitos que deben ser reportados a la escuela (con la excepción de educación especial)
Recomendación por parte de la escuela base para un programa de educación no tradicional:
- Primera apelación – Dentro de los tres días lectivos subsiguientes al recibo de la decisión por escrito del director o de su representante, el alumno puede presentar a SMAPD una solicitud por escrito para una audiencia ante un oficial de audiencias de SMAPD.
- Apelación final – Apelación por escrito a la Junta Escolar que se presentará a través de SMAPD dentro de los diez días calendarios posteriores a la fecha de la carta de decisión de SMAPD. La Junta Escolar revisará la petición y el expediente de la audiencia de SMAPD tan pronto como sea posible. La decisión de la Junta Escolar será definitiva.
Apelación de los padres por la denegación de una colocación en un programa de educación no tradicional:
Apelación – solicitud por escrito de una apelación que se presentará al superintendente asociado del nivel correspondiente dentro de los tres días escolares posteriores a la recepción de la decisión de denegación. La decisión del superintendente asociado del nivel correspondiente es definitiva.
Reasignación/colocación por parte de SMAPD para ciertos delitos penales u otros delitos según el Código de Virginia en sus secciones 22.1-209.1:2 o 22.1:277.2:1:
- Primera apelación – Audiencia con SMAPD.
- Apelación final – si el estudiante, padre de familia o tutor no está de acuerdo con el resultado de la audiencia de SMAPD, el estudiante, el padre de familia o tutor puede apelar contra la decisión de SMAPD ante la Junta Escolar. Dicha apelación debe ser presentada a través de SMAPD dentro de los diez días calendario posteriores a la fecha de la carta de decisión de SMAPD. La Junta Escolar revisará la petición y el expediente de la audiencia de SMAPD tan pronto como sea posible. La decisión de la Junta Escolar será definitiva.
Colocación por parte de SMAPD para el regreso a la escuela después de una suspensión a largo plazo o expulsión:
- Primera apelación – Apelación escrita a la comisión disciplinaria de la Junta Escolar.
- Apelación final – Si se recomienda que un estudiante sea suspendido a largo plazo o expulsado, se aplicarán los procedimientos de audiencia y apelación establecidos en el reglamento 745-1, «Suspensión a largo plazo o expulsión de estudiantes» y el reglamento 745-6, «Apelaciones a la Junta Escolar contra suspensión a largo plazo y expulsión». Durante o después de una suspensión a largo plazo o expulsión, es posible que se requiera que un estudiante asista a un programa de educación no tradicional.
Apelaciones de suspensión a corto plazo: Consultar el reglamento 744-1, «Suspensión de estudiantes a corto plazo».
Apelación de suspensiones a corto plazo (de uno a cinco días escolares):- Los estudiantes cuya suspensión a corto plazo esté bajo apelación pueden asistir a la escuela mientras esté pendiente la apelación, a menos que ello represente un riesgo para la seguridad o una amenaza latente de alteración del orden.
- Apelación a nivel escolar: El estudiante y/o los padres de familia deberán presentar una apelación por escrito al director dentro de los tres días escolares posteriores a la notificación de la suspensión. Se notificará a los padres por escrito sobre el estado de la decisión del director dentro de los cinco días escolares luego de haber recibido la apelación por escrito.
- Apelación al superintendente asociado del nivel correspondiente: Si se apela contra la decisión del director, el superintendente asociado del nivel correspondiente debe recibir una solicitud de apelación por escrito dentro de los tres días hábiles posteriores a la notificación de la decisión del director a los padres. La apelación debe incluir la versión del incidente por parte del estudiante y las razones para creer que la suspensión no está justificada. La notificación por escrito de la decisión del superintendente asociado de nivel correspondiente se proporcionará por escrito a los padres dentro de los cinco días hábiles posteriores a la recepción de la apelación por escrito de la decisión del director. La decisión del superintendente asociado del nivel correspondiente es definitiva.
Apelación de suspensiones a corto plazo (de seis a diez días):
- Cualquier decisión de un director (o su representante) de imponer una suspensión de seis a diez días escolares está sujeta a una apelación automática ante el superintendente asociado del nivel correspondiente y no requiere ninguna acción por parte de los padres. El superintendente asociado conducirá una revisión de la acción del director (o su representante) y del expediente de conducta del estudiante y consultará con el director (o su representante) luego de la entrevista informal con el director antes de tomar una decisión sobre la apelación.
Suspensiones a largo plazo: Consultar el reglamento 745-6, «Apelaciones a la Junta Escolar contra suspensión a largo plazo y expulsión».
- Los padres/tutores o el estudiante pueden presentar una apelación por escrito ante una comisión disciplinaria de tres miembros de la Junta Escolar (SBDC, por sus siglas en inglés) contra la decisión del oficial de audiencias de SMAPD de suspender a un estudiante por más de 10 días, y/o la decisión de reasignar al alumno a una colocación de educación alternativa. La decisión de SMAPD con respecto a cualquier otra colocación o los servicios educativos que se brindarán al estudiante durante su suspensión es definitiva y no puede ser apelada. Una apelación a la comisión disciplinaria de la Junta Escolar (SBDC, por sus siglas en inglés) contra la decisión de SMAPD debe ser recibida por escrito dentro de los 10 días calendario posteriores a la fecha de la carta de decisión. SBDC revisará la apelación por escrito contra la decisión del oficial de audiencias de SMAPD en sesión cerrada y decidirá la apelación dentro de los 30 días calendario de la presentación de la solicitud de apelación. Ni el personal escolar, ni el personal de SMAPD, ni el estudiante o los padres/tutores (o cualquier representante del estudiante o de los padres/tutores) estarán presentes durante la sesión privada de SBDC. SBDC considerará solo la evidencia presentada durante la audiencia de SMAPD, con la excepción de la carta de apelación, la cual se proporcionará a SBDC. En caso de que la carta de apelación aborde cuestiones o hechos que no se plantearon en la audiencia de SMAPD, el oficial de audiencias de SMAPD puede presentar una carta o pruebas que aborden solo esos nuevos asuntos o hechos, una copia de la cual se proporcionará a los padres/estudiante. SBDC tiene la autoridad para solicitar más información al personal de SMAPD sobre cuestiones de procedimiento únicamente y/o la disponibilidad o idoneidad de una colocación alternativa o servicios educativos. SBDC no considerará ninguna otra documentación o evidencia. Si SBDC mantiene la suspensión a largo plazo de un estudiante con discapacidades, un equipo del Programa Educacional Individualizado (IEP) se reunirá para determinar la continuación de los servicios educativos apropiados.
- Luego de la apelación, SBDC puede confirmar, negar o enmendar la decisión del oficial de audiencias de SMAPD, o puede determinar que corresponde otra acción disciplinaria, lo que incluye incluso la expulsión. La decisión de SBDC será definitiva a menos que la decisión no sea unánime, en cuyo caso el estudiante puede, dentro de los siete días hábiles de la decisión de SBDC, notificar por escrito a SMAPD que tiene la intención de apelar la decisión de SBDC ante la Junta Escolar en pleno, la cual revisará la apelación basándose únicamente en el expediente administrativo presentado al SBDC y tomará una decisión dentro de los 30 días calendario posteriores a la recepción de la apelación.
- En caso de que SBDC determine que la expulsión puede ser justificada, SMAPD notificará por escrito al estudiante sobre el derecho a solicitar una audiencia de debido proceso ante una comisión disciplinaria de la Junta Escolar de acuerdo con los procedimientos de expulsión establecidos en el reglamento 745-6 «Apelaciones a la Junta Escolar contra suspensión a largo plazo y expulsión». En el caso que el estudiante no solicite dicha audiencia, o si la hubiera solicitado pero no comparece a la misma, SBDC basará su decisión conforme al expediente escrito.
Apelaciones de expulsión: Consultar el reglamento 745-6, «Apelaciones a la Junta Escolar contra suspensión a largo plazo y expulsión».
Si SMAPD recomienda la expulsión de un estudiante, los padres y el estudiante pueden apelar contra la recomendación disciplinaria del oficial de audiencias de SMAPD a una comisión disciplinaria de la Junta Escolar. También se puede apelar contra cualquier decisión de SMAPD de colocar al estudiante en un programa de educación alternativa al ser readmitido. Sin embargo, cualquier otra decisión de colocación por parte de SMAPD es definitiva y no puede ser apelada. SMAPD deberá recibir una solicitud por escrito para una audiencia ante SBDC dentro de los diez días calendario a partir de la fecha de la carta de decisión.
- Primera apelación – Audiencia ante SBDC.
- Apelación final - Apelación por escrito ante la Junta Escolar (solo si la decisión de SBDC no es unánime)
Readmisiones - Los trámites y plazos para la readmisión de estudiantes que han sido expulsados previamente de las Escuelas Públicas del Condado de Prince William están estipulados en el reglamento 745-5 «Readmisiones y exclusiones/admisiones». Para aquellos casos en los que se apela, la Junta Escolar del Condado de Prince William conducirá una revisión del expediente en sesión privada y votará sobre la recomendación de readmisión en sesión pública. Solo serán considerados por la Junta Escolar aquellos documentos presentados a SMAPD para su consideración para la readmisión. Además de la carta de apelación, no se presentará ningún otro documento adicional para su consideración. El estudiante y los padres/tutores serán notificados por escrito de la decisión de la Junta Escolar.
Exclusiones de la escuela - Los procedimientos y trámites de apelación para los estudiantes que han sido previamente expulsados o suspendidos de asistir a la escuela por parte de otra división escolar o escuela privada y que están solicitando la admisión a las Escuelas Públicas del Condado de Prince William se estipulan en el reglamento 745-5, «Readmisiones y exclusiones/admisiones». Para aquellos casos en los que se apela, la Junta Escolar conducirá una revisión del expediente en sesión privada de la documentación considerada en la audiencia de admisión de SMAPD y la carta de apelación de los padres, y luego votará sobre la recomendación de exclusión en sesión abierta. El estudiante y los padres serán notificados por escrito dentro de los 30 días de la decisión de la Junta Escolar en el caso de una expulsión o remoción de admisión, y dentro de los 15 días en el caso de una suspensión de más de 30 días. La Junta Escolar puede requerir que un estudiante excluido asista a un programa de educación no tradicional proporcionado por la Junta Escolar durante el período de exclusión de una escuela base.
Readmisión a la escuela tradicional para colocaciones no electivas
Como se especifica en el reglamento 681-1, «Programas de educación no tradicionales», una comisión de revisión de SMAPD se reunirá para revisar la colocación disciplinaria de los estudiantes. La decisión de la comisión de revisión de SMAPD es definitiva.
Recomendaciones para la escuela base
- Estudiantes de la Escuela No Tradicional Independence – El director de la Escuela No Tradicional Independence, o su representante, no recomienda el regreso de un estudiante a un ambiente escolar tradicional:
- Primera apelación – Apelación escrita a la comisión de revisión de SMAPD.
- Apelación final – Apelación por escrito dirigida al superintendente asociado de Aprendizaje Estudiantil y Profesional.
- Estudiantes en otros programas de educación alternativa– El director/administrador de cualquier otro programa de educación alternativa no recomienda el regreso del alumno a un ambiente escolar tradicional:
- Primera apelación – Apelación escrita a la comisión de revisión de SMAPD.
- Apelación final – Apelación por escrito dirigida al superintendente asociado de Educación Especial y Servicios Estudiantiles.
Autoridad para modificar acciones disciplinarias – En cada instancia del procedimiento de todas las apelaciones disciplinarias, la apelación puede ser concedida o denegada y las consecuencias pertinentes (medidas correctivas) pueden aumentar, disminuir o permanecer sin cambios. Si en la apelación de una suspensión a largo plazo la Junta Escolar determina que sería apropiada la expulsión, el estudiante debe ser notificado por SMAPD acerca del derecho de solicitar una audiencia de debido proceso ante una comisión de la Junta Escolar. En el caso que el estudiante no solicite dicha audiencia, o si la hubiera solicitado pero no comparece a la misma, la comisión de la Junta Escolar basará su decisión conforme al expediente escrito. En caso de que la decisión de la comisión de la Junta Escolar no fuera unánime, el estudiante podría presentar una apelación por escrito ante la Junta Escolar en pleno.
Discriminación y hostigamiento
Las Escuelas Públicas del Condado de Prince William (PWCS) tienen el compromiso de brindar ambientes de aprendizaje y trabajo libres de toda forma de discriminación y hostigamiento. El hostigamiento y la discriminación contra estudiantes o personal es conducta ilegal estrictamente prohibida por el Código de Conducta (COB). PWCS alienta a los alumnos, padres de familia, empleados y miembros de la comunidad a trabajar juntos para prevenir y remediar toda forma de discriminación y hostigamiento.
Los reglamentos 738-1, «Resolución de acusaciones contra estudiantes por mala conducta sexual» y 738-3, «Resolución de acusaciones contra estudiantes por discriminación u hostigamiento» proporcionan información detallada sobre los procedimientos por los cuales PWCS responderá a una acusación de que un estudiante se involucró en un acto de discriminación u hostigamiento. A continuación se presenta un resumen de la información de dichos reglamentos; en caso de conflicto entre esta información y los reglamentos 738-1 y 738-3, los reglamentos prevalecerán.
Mala conducta de naturaleza sexual y acoso sexual bajo la ley de Título IX
Mala conducta sexual es cualquier tipo de mala conducta de naturaleza sexual o maltrato basados en el sexo o en los estereotipos sexuales. La mala conducta sexual puede ser verbal, no verbal, electrónica o física y puede dirigirse a un estudiante o a un miembro del personal, independientemente del sexo, la identidad de género o la orientación sexual de la persona. La mala conducta sexual incluye, pero no se limita a:
- hacer insinuaciones sexuales, incluyendo solicitar favores sexuales, miradas lascivas o participar en el coqueteo no deseado y repetido;
- participar en abuso verbal basado en el sexo, incluyendo el uso de insultos o calificativos o hacer descripciones gráficas y/o degradantes sobre el cuerpo de una persona;
- hacer, compartir y/o mostrar bromas, gestos, objetos o imágenes basados en el sexo (incluyendo dibujos, fotografías o video);
- esparcir chismes sexuales;
- hacer amenazas basadas en el sexo o amenazas de naturaleza sexual;
- impedir o bloquear el movimiento de una persona de una manera sexualmente intimidante; o
- agredir sexualmente o tocar indebidamente a una persona.
Todo tipo de mala conducta sexual que ocurra en propiedad escolar, en una actividad patrocinada por la escuela, o que impida que un estudiante vaya o venga de la escuela de manera segura infringe el Código de Conducta y será investigada por los funcionarios escolares quienes responderán a los hechos.
Algunas formas de mala conducta sexual constituyen acoso sexual bajo la ley de Título I, el cual está prohibido por la ley. Acoso sexual bajo la ley de Título IX se define como la mala conducta de índole sexual que cumple con una o más de las siguientes condiciones:
- un empleado de PWCS proporciona u ofrece dar una ayuda, beneficio o servicio de PWCS a cambio de la participación de una persona en una conducta sexual;
- un estudiante o miembro del personal está sujeto a una conducta no deseada que es tan severa, dominante y objetivamente ofensiva que se le niega a la persona el acceso igualitario a un programa o actividad educativa de PWCS; o
- violencia en el noviazgo/de pareja, violencia doméstica, agresión sexual o acecho, tal como está definido por el Código de los Estados Unidos y el reglamento 738-1.
Otro tipo de discriminación y hostigamiento discriminatorio
Todo tipo de maltrato o acoso escolar, lo que incluye también el acoso cibernético, que ocurre en propiedad escolar, en una actividad patrocinada por la escuela, o que impida que un estudiante vaya o venga de la escuela de manera segura, infringe el Código de Conducta y será investigada y atendida por los funcionarios escolares. Sin embargo, no todo maltrato o conducta de acoso escolar constituye discriminación o acoso discriminatorio.
La discriminación ocurre cuando una o más personas son tratadas de manera diferente o no se las considera de manera justa ni se les da la misma oportunidad sobre la base de la raza, color, religión, país de origen, sexo, identidad de género, orientación sexual, discapacidad, información genética o cualquier otra razón prohibida por la ley.
El hostigamiento es una forma de discriminación; es una serie de comportamientos no deseados que se dirigen contra una o más personas por motivos de raza, color de la piel, religión, país de origen, edad, estado civil, estatus de veterano militar, discapacidad, información genética o cualquier otra categoría prohibida por la ley. El hostigamiento discriminatorio degrada, intimida o daña a una persona o grupo de tal manera que causa ansiedad o miedo por la seguridad.
Hostigamiento discriminatorio:
- El hostigamiento discriminatorio degrada, intimida o daña a una persona o grupo de personas causándoles ansiedad o temor; crea un ambiente intimidante, hostil u ofensivo; interfiere sustancial e irrazonablemente con la educación de un estudiante; o de alguna manera limita la capacidad del estudiante de participar o beneficiarse de un programa educativo de PWCS.
- El hostigamiento discriminatorio puede estar dirigido a una persona, incluso cuando esa persona no tiene realmente ninguna característica que sea la base del hostigamiento (siempre y cuando el hostigamiento se base en la creencia de que la persona objeto tiene tal característica).
- El hostigamiento discriminatorio puede expresarse de varias maneras, incluyendo a través de acciones físicas o a través de comunicaciones verbales, no verbales, electrónicas o escritas. El hostigamiento discriminatorio puede adoptar diversas formas, entre las que se incluyen, pero no se limitan a:
- comentarios ofensivos, insultos, gestos, «bromas» o chismes;
- dibujos degradantes, dibujos animados o grafiti; o
- actos de agresión en contra de personas o contra sus bienes, lo que incluye amenazas o agresiones físicas.
Denuncia de presunta discriminación u hostigamiento
Se les recomienda a los estudiantes que creen que han sido discriminados u hostigados que denuncien el caso al director de la escuela o al departamento de Equidad y Relaciones Estudiantiles enviando un correo electrónico a TitleIXEquity@pwcs.edu o llamando al 571-374- 6839. La denuncia inicial puede ser verbal o por escrito; en la página web del departamento de Equidad y Relaciones Estudiantiles de PWCS hay un formulario para hacer denuncias; se recomienda su uso, aunque no es obligatorio que se haga en ese formulario.
Cómo evitar la discriminación y el hostigamiento
Los funcionarios escolares tomarán medidas para detener y evitar la discriminación y el hostigamiento. Los alumnos pueden ayudar a detener y evitar la discriminación y el hostigamiento de la siguiente manera:
- alzando la voz y haciéndole saber a los estudiantes involucrados en la mala conducta que su comportamiento es dañino y que deben detenerse;
- pidiendo ayuda de un padre de familia, docente, consejero, administrador escolar u otro adulto de confianza; y
- denunciando la mala conducta a un administrador escolar o a un adulto de confianza en la escuela o en el departamento de Equidad y Relaciones Estudiantiles.
Normativas y reglamentos de PWCS pertinentes
- Normativa 738, «No discriminación y hostigamiento estudiantil»
- Reglamento 738-1, «Procedimiento de denuncias para reclamos de discriminación u hostigamiento estudiantil»
- Reglamento 738-2, «Título IX – Acceso a programas y actividades educativas»
- Reglamento 738-3, «Hostigamiento a estudiantes»
- Reglamento 738-4, «No discriminación de estudiantes por motivos de discapacidad»
Fuentes de ayuda o información adicional
Todo estudiante o padre de familia que tenga preguntas o inquietudes sobre discriminación u hostigamiento que involucre a uno o más alumnos debe contactarse con el director, el subdirector o el consejero escolar o con el departamento de Equidad y Relaciones Estudiantiles.
Teléfono: 571-374-6839
FAX: 571-503-2230
Correo electrónico: TitleIXEquity@pwcs.edu
Dirección postal:
Equity and Student Relations Department
Prince William County Public Schools
P.O. Box 389
Manassas, Virginia, 20108
Acoso escolar (bullying)
El acoso escolar está terminantemente prohibido
Cada escuela tiene el compromiso de crear un entorno en el que los estudiantes estén libres del acoso escolar. Se aconseja firmemente a los estudiantes que informen a la administración de la escuela de estos incidentes. El administrador de la escuela tomará las medidas necesarias para responder de forma rápida y decisiva a los informes de acoso escolar a estudiantes. Los estudiantes podrán utilizar el formulario «Denuncia de acoso escolar (PDF) para reportar casos de acoso escolar. El formulario de denuncia por acoso escolar se encuentra también disponible en el departamento de Consejería o en la oficina principal de la escuela.
Pregunta: ¿Qué es el acoso escolar?
Respuesta: El acoso escolar es cualquier comportamiento agresivo y no deseado que pretende dañar, intimidar o humillar a la víctima; implica un desequilibrio de poder real o percibido entre el agresor o agresores y víctimas, y se repite en el tiempo o provoca un trauma emocional grave. El acoso incluye el ciberacoso. El acoso escolar no incluye las bromas comunes, el juego brusco, las discusiones o los conflictos comunes entre compañeros.
P: ¿Qué es el ciberacoso?
R: El ciberacoso es una forma de acoso escolar por medio del envío, recibo o la exposición de mensajes y/o imágenes electrónicas. El ciberacoso puede incluir cualquier tipo de amenaza de un estudiante hacia otro, generalmente a través de correos electrónicos, textos o sitios web (por ejemplo, blogs, sitios de redes sociales). Las comunicaciones electrónicas que apoyan mensajes deliberados, hostiles e hirientes con intención de dañar a otros son una forma de ciberacoso. El ciberacoso puede incluir cosas como enviar mensajes o imágenes crueles, vulgares o amenazantes; divulgar información delicada y privada sobre otra persona; hacerse pasar por otra persona para crear una mala imagen de esa persona; y usar sitios de sondeo personal en línea difamatorios.
No se tolerará el ciberacoso cometido a través del internet de PWCS, las computadoras de PWCS u otros dispositivos de comunicación inalámbricos en las escuelas, propiedad escolar o durante actividades relacionadas con las escuelas. El ciberacoso que ocurre fuera de la propiedad escolar y/o no incluye el uso del internet de PWCS o computadoras de PWCS también podrá resultar en acción disciplinaria si causa o pudiera causar una interrupción significativa de las operaciones de la escuela o la división escolar; si amenaza la seguridad o el bienestar mental o físico de estudiantes o personal escolar; o si amenaza la seguridad de las instalaciones o propiedades escolares.
P: ¿Cuáles se consideran comportamientos de acoso escolar?
R: Algunos ejemplos de comportamientos de acoso escolar pueden ser la exclusión intencionada de los demás, burlas, amenazas, gestos, insultos, chismorreo, humillaciones, bromas de mal gusto, ciberacoso, agresiones físicas, robo o destrucción de bienes, maldecir o reírse de una persona. El acoso escolar toma muchas formas. Ejemplos: A veces, el acoso consiste en personas que hacen que otros se sientan excluidos; otras veces, la intimidación puede implicar golpear, burlarse o amenazar con lastimar a alguien. Robar o dañar el almuerzo o los libros de otra persona también podría ser acoso escolar; así como también reírse de alguien porque usa lentes o diferente tipo de ropa o porque no es bueno en los deportes. Otra forma de acoso escolar es usar internet o computadoras para hacerle daño a las personas.
P: ¿Cómo puedo denunciar el acoso escolar?
R: Cualquier estudiante puede hacer una denuncia de acoso escolar hablando con un administrador o un miembro del personal escolar de confianza, o llenando el formulario de «Denuncia por acoso escolar». Cualquier miembro del personal escolar que reciba una denuncia de acoso escolar debe notificárselo a la administración de la escuela.
P: ¿Qué pasa si el acosador amenaza e intimida a un estudiante? ¿Qué pueden hacer los funcionarios escolares para ayudar a mantener a salvo al estudiante?
R: Se recomienda enfáticamente a todo estudiante que esté siendo amenazado o intimidado (o que sepa que otro estudiante está siendo amenazado o intimidado) que denuncie la mala conducta ante un administrador escolar, consejero u otro miembro del personal de confianza. Las acusaciones serán investigadas rápidamente y reportadas al equipo de Evaluación de Amenazas de la escuela, el cual, entre otras cosas, tomará las medidas apropiadas para garantizar la seguridad de los estudiantes y del ambiente escolar.
P: ¿Qué debo hacer si el acoso continúa?
R: Informa inmediatamente al administrador escolar o a un miembro del personal de confianza. También es importante contarles a tus padres que el acoso continúa. La administración escolar tomará medidas disciplinarias que incluyen hasta la expulsión si el estudiante acusado de acoso escolar trata de vengarse de la víctima por haber denunciado la conducta de acoso.
P: ¿Hay acciones inmediatas que puedo tomar en caso de ser víctima de acoso escolar?
R: Sí. Estas acciones incluyen:
- decirle firmemente al acosador (bully) que deje de acosarte; y
- hablar inmediatamente con un miembro del personal, consejero, administrador o padre de familia sobre el incidente.
Denuncia de acoso escolar (bullying)
El Código de Conducta de las Escuelas Públicas del Condado de Prince William define el acoso escolar como cualquier comportamiento agresivo y no deseado que tiene la intención de dañar, intimidar o humillar a la víctima; conlleva un desequilibrio real o percibido de poder entre el agresor o agresores y la víctima; y se repite a través del tiempo o causa un trauma emocional severo. El acoso escolar incluye el ciberacoso, el cual implica la transmisión, la recepción o la visualización de mensajes y/o imágenes electrónicas. El acoso escolar no incluye las bromas comunes, el juego brusco, las discusiones o los conflictos comunes entre compañeros. El director y personal de esta escuela tienen el compromiso de hacer cumplir el Código de Conducta y atenderán de forma rápida y apropiada las denuncias de acoso escolar. Cualquier estudiante puede presentar una denuncia hablando con un administrador y/o llenando este formulario y entregándolo a un subdirector o director. Cualquier miembro del personal también podrá llenar este formulario en nombre de un estudiante o de los padres que están denunciando el acoso escolar.