Si están tratando de matricular a un estudiante que no tiene hogar, por favor, visiten nuestra página web Personas sin Hogar.
La definición de estar «sin hogar», tal como la define la Ley de Asistencia para Personas sin Hogar McKinney-Vento, incluye a niños y jóvenes que carecen de una vivienda nocturna fija, regular y adecuada. Los niños y jóvenes que viven en una de las siguientes condiciones pueden considerarse personas sin hogar:
- estar viviendo en la vivienda de otras personas debido a la pérdida de la vivienda propia, dificultades económicas o una razón similar;
- estar viviendo en refugios de emergencia o transitorios;
- estar viviendo en moteles, hoteles, parques de casas rodantes, campamentos, entre otros, debido a la falta de alojamientos alternativos adecuados;
- estar viviendo en automóviles, parques, espacios públicos, estaciones de autobuses o trenes, o edificios abandonados;
- tener una residencia nocturna principal que es un lugar público o privado que no esté preparado, o que normalmente no se usa, como alojamiento regular para dormir; y
- niños o jóvenes migrantes que viven en las circunstancias descritas anteriormente.
Si tienen alguna pregunta, comuníquense con Tami Eppolite, enlace de McKinney-Vento para Personas sin Hogar enviando un correo electrónico a: [email protected].