Libro: Normativas y reglamentos

Sección 700 - Estudiantes

Título: NORMATIVA - No discriminación y hostigamiento de estudiantes

Código: 738

Estado: Activo

Aprobado: 21 de mayo de 2008

Última revisión: 20 de octubre de 2021

Fecha anterior de revisión: 14 de noviembre de 2018


Estudiantes

NORMATIVA 738

NO DISCRIMINACIÓN Y HOSTIGAMIENTO DE ESTUDIANTES

Las Escuelas Públicas del Condado de Prince William (PWCS) están comprometidas a mantener un ambiente escolar libre de discriminación y acoso en cualquier forma. Ningún estudiante inscrito en PWCS deberá, en base a su raza, color, religión, origen nacional, sexo, identidad de género, orientación sexual, embarazo, parto o condición médica relacionada incluyendo lactancia, edad, estado civil o parental, discapacidad de estado militar, información genética, o cualquier otra base prohibida por la ley, ser excluido de la participación en, ser negado los beneficios de, o estar sujeto a discriminación bajo cualquier programa académico, extracurricular, de investigación, capacitación ocupacional u otro programa o actividad educativa operada por PWCS.

Las entidades e individuos que entren a un contrato u otro acuerdo con la Junta Escolar del Condado de Prince William, o cualquier subdivisión de la misma, acuerdan acatar todas las leyes federales y estatales contra la discriminación y el acoso y los reglamentos de implementación, asi como todas las normativas y reglamentos de la Junta Escolar del Condado de Prince William, incluyendo esta normativa de acoso sexual. El incumplimiento de las normativas y reglamentos de la Junta Escolar puede constituir motivo para la terminación del contrato o acuerdo.

El Superintendente está encargado de asegurar que los reglamentos y prácticas de PWCS cumplan efectivamente con los siguientes requisitos legales:

  1. El Título IV de la Ley de Derechos Civiles de 1964 prohíbe las violaciones de protección equitativa por motivos de raza, color, religión, sexo y origen nacional en los programas y actividades educativas.

  2. El Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 prohíbe la discriminación por parte de los receptores de fondos federales por motivos de raza, color y origen nacional.

  3. El Título IX de las Enmiendas de Educación de 1972 prohíbe la discriminación por motivos de raza, color y origen nacional en los programas y actividades educativas. Estas protecciones también se extienden al embarazo y al estado civil/parental.

  4. La Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 y la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 prohíben la discriminación por motivos de discapacidad en los programas y actividades educativas.

  5. La Ley de discriminación por edad de 1975 prohíbe la discriminación por motivos de edad en los programas y actividades educativas.

  6. La Ley de Derechos Humanos de Virginia prohíbe la discriminación por motivos de raza, color, religión, origen nacional, sexo, embarazo, parto o condiciones médicas relacionadas, edad, estado civil, orientación sexual, identidad de género, estatus militar, o discapacidad en programas y actividades educativas.

  7. La Sección 22.1-23.3 del Código de Virginia requiere la implementación de las normativas modelo del Departamento de Educación de Virginia para el tratamiento de estudiantes transgénero en las escuelas públicas de Virginia.

Las denuncias de discriminación o acoso que involucren a los estudiantes se resolverán según se indica en el Reglamento 738-1, "Resolución de acusaciones contra estudiantes por mala conducta sexual" y el Reglamento 738-3, "Resolución de acusaciones contra estudiantes por discriminación u hostigamiento".

El superintendente asociado de educación especial y servicios estudiantiles (o un representante designado) es el responsable de implementar y supervisar esta normativa.

Esta normativa y cualquier reglamentación relacionada se revisarán por lo menos cada cinco años y serán corregidas según sea necesario.


Leyes:

Titulos IV y VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, 42 U.S.C. sección 2000c, 42 U.S.C. sección 2000d;

Título IX de las Enmiendas Educativas de 1972, 20 U.S.C. sección 1681(e)

Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973, 29 U.S.C. Sección 794(a)

La Ley de Discriminación por Edad de 1975, 29 U.S.C. Sección 621

La Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990, 42 U.S.C. 1201 et seq.

La Ley de Derechos Humanos de Virginia, Código de Virginia, Sección 2.2-3900 et seq.

Código de Virginia § 22.1-23.3. Tratamiento de estudiantes transgénero; normativas.

Referencias cruzadas:

738-1 - REGLAMENTO - Resolución de acusaciones contra estudiantes por mala conducta sexual

738-3 - REGLAMENTO - Resolución de acusaciones contra estudiantes por discriminación u hostigamiento