Libro: Normativas y reglamentos
Sección: 700 - Estudiantes
Título: NORMATIVA - Sustancias prohibidas
Código: 735
Estado: Activo
Aprobado: 23 de junio de 1999
Revisado por última vez: 18 de julio de 2023
Fecha anterior de revisión: 26 de junio de 2019


Estudiantes

Normativa 735

Sustancias prohibidas

Ningún estudiante tendrá, recibirá, distribuirá, usará o estará bajo la influencia de una sustancia prohibida en o cerca de la propiedad escolar, durante funciones escolares o mientras va o regresa de la escuela. Los infractores a esta normativa podrían estar sujetos a sanciones disciplinarias que incluyen hasta la expulsión.

El superintendente asociado de Servicios Estudiantiles y Éxito Postsecundario (o un representante designado) es el responsable de implementar y supervisar esta normativa.

Esta normativa y cualquier reglamentación relacionada se revisarán por lo menos cada cinco años y serán corregidas según sea necesario.