Libro: Normativas y reglamentos
Sección; 700 - Estudiantes
Título: REGLAMENTO- Departamento de Administración Estudiantil y Programas Alternativos
Código 747
Estatus: Activo
Aprobado: 23 de junio de 2004
Revisado por última vez: 18 de julio de 2023
Fechas anteriores de revisión: 27 de abril de 2017; 4 de marzo de 2020; 3 de noviembre de 2021

Normativa 747

Departamento de Administración Estudiantil y Programas Alternativos

La Junta Escolar del Condado de Prince William autoriza a la oficina de Administración Estudiantil y Programas Alternativos (SMAPD, por sus siglas en inglés) para coordinar los esfuerzos de la división escolar que brinden un ambiente escolar seguro y que sea propicio para enseñar y aprender. Los objetivos de SMAPD son los siguientes:

  1. Resolver las infracciones disciplinarias graves de los estudiantes.
  2. Ofrecer una variedad de oportunidades educativas que aborden las distintas necesidades de los estudiantes de los grados K-12 y de los estudiantes adultos.
  3. Promover un entorno educativo seguro y propicio para la enseñanza y el aprendizaje, y libre de violencia, conflictos e interrupciones innecesarias.
  4. Disminuir el número de suspensiones a largo plazo y expulsiones a través de un proceso que proporcione mayores oportunidades de educación no tradicional y alternativa.
  5. Supervisar y conducir los trámites de debido proceso aplicables a la suspensión a largo plazo, expulsión, exclusión y readmisión de estudiantes, y coordinar cualquier apelación a la Junta Escolar.
  6. Determinar los servicios, programas y colocaciones educativas apropiadas para los alumnos de educación regular que están sujetos al proceso disciplinario de SMAPD.

El superintendente asociado de Servicios y el Éxito Postsecundario (o un representante designado) es el responsable de implementar y supervisar esta normativa.

Esta normativa y cualquier reglamentación relacionada se revisarán por lo menos cada cinco años y serán corregidas según sea necesario.