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ESTUDIANTES
Acceso de los padres a los casilleros
Cualquier
padre
o
tutor
legal
con
custodia
de
un
estudiante
de
las
Escuelas
Públicas
del
Condado
de
Prince
William
menor
de
edad
o
no
emancipado
tendrá
acceso
al
casillero
de
su
hijo
y
su
contenido
en
horarios
razonables.
El
superintendente
de
la
división
(el
superintendente)
deberá
establecer
un
reglamento
para
implementar
esta
normativa.
Cualquier
denegación
de
acceso
a
un
casillero
a
nivel
del
edificio
puede
ser
apelada
al
superintendente
o
a
la
persona
designada.
El
superintendente
asociado
de
Educación
Especial
y
Servicios
Estudiantiles
(o
la
persona
designada)
y
los
superintendentes
adjuntos
de
nivel
son
responsables
de
implementar
y
supervisar
esta
política.
Esta
normativa
y
cualquier
reglamento
relacionado
se
revisarán
al
menos
cada
cinco
años
y
se
modificarán
según
sea
necesario.
Referencias
legales:
Código
de
Virginia,
sección 22.1-279.3(A).
Adoptada:
18
de
enero
de
2012
Revisada/modificada:
26
de
junio
de
2019
JUNTA ESCOLAR DEL CONDADO DE PRINCE WILLIAM