Libro:
Normativas
y
Reglamentos
Sección:
700
-
Estudiantes
Título:
REGLAMENTO
-
Tratamiento
de
estudiantes
transgénero
y
de
género
no
conforme
Código:
738-5
Estatus:
Activo
Aprobado:
9
de
junio
de
2021
Última
revisión:
28
de
octubre
de
2021
Fechas
de
revisiones
anteriores:
31
de
agosto
de
2021
Estudiantes
REGLAMENTO 738-5
TRATAMIENTO DE ESTUDIANTES TRANSGÉNERO Y DE GÉNERO NO CONFORME
La normativa 738 de la Junta Escolar prohíbe la discriminación o el hostigamiento de estudiantes por cualquier motivo prohibido por la ley, lo que incluye la identidad de género. Se espera que todos los miembros del personal de las Escuelas Públicas del Condado de Prince William (PWCS) reconozcan y respeten los temas de identidad de género; ofrezcan adaptaciones razonables en respuesta a las solicitudes estudiantiles con respecto a la identidad de género de conformidad con los procedimientos establecidos a continuación; y protejan la privacidad y confidencialidad de los estudiantes. Este reglamento, que se ajusta a las "Políticas modelo para el tratamiento de estudiantes transgénero en las escuelas públicas de Virginia", aborda temas comunes que afectan a los estudiantes transgénero y de género no conforme y establece procedimientos, así como adaptaciones disponibles diseñadas para garantizar el acceso equitativo a los programas y actividades educativas de PWCS.
-
Definiciones
-
Género:
conjunto
de
atributos
sociales,
psicológicos
y
emocionales
que
clasifican
a
una
persona
como
tradicionalmente
masculina
o
femenina,
aunque
el
constructo
social
de
género
puede
ser
más
diverso
a
lo
largo
de
un
continuo
en
lugar
de
ser
considerado
como
un
sistema
binario.
-
Expresión
de
género:
manera
en
la
que
la
identidad
de
género
de
una
persona
o
su
rol
se
representa
o
se
expresa
a
los
demás
a
menudo
a
través
de
la
apariencia,
la
vestimenta,
los
peinados,
el
comportamiento,
las
actividades,
la
voz
o
los
gestos.
La
expresión
de
género
puede
cambiar
con
el
tiempo
o
de
un
día
al
otro,
y
no
está
necesariamente
relacionada
con
la
identidad
de
género
de
la
persona.
-
Identidad
de
género:
percepción
interna
de
la
identidad
de
una
persona
de
considerarse
niño/hombre,
niña/mujer,
algo
entre
hombre
y
mujer
o
algo
fuera
del
binario
masculino/femenino.
La
identidad
de
género
es
una
parte
innata
de
la
identidad
de
una
persona
y
puede
ser
igual
o
diferente
a
la
del
sexo
asignado
al
nacer.
-
Género
no
conforme:
una
persona
que
no
se
ajusta
a
los
estereotipos
de
género.
Persona
cuya
expresión
de
género
difiere
de
las
expectativas
asociadas
con
el
sexo
asignado
al
nacer.
-
Transición
de
género:
proceso
de
cambio
para
empezar
a
vivir
según
la
identidad
de
género
de
una
persona
en
lugar
de
vivir
según
el
sexo
asignado
al
nacer.
Las
transiciones
de
género
pueden
ocurrir
a
diferentes
niveles,
lo
que
incluye
la
transición
social
como,
por
ejemplo,
nuevos
nombres,
pronombres,
apariencia
y
vestimenta.
Algunas
personas
pueden
someterse
a
transiciones
médicas
como,
por
ejemplo,
terapia
hormonal
o
cirugía.
-
Sexo
legal:
etiqueta,
generalmente
"masculina"
o
"femenina",
que
normalmente
se
asigna
al
nacer
y
se
registra
en
la
partida
de
nacimiento
original
de
una
persona.
El
sexo
registrado
originalmente
en
la
partida
de
nacimiento
de
una
persona
puede
ser
cambiado
por
una
orden
judicial
o
emitiendo
una
partida
de
nacimiento
enmendada.
-
Transgénero:
término
de
autodesignación
que
describe
a
una
persona
cuya
identidad
de
género
difiere
de
la
del
sexo
asignado
al
nacer.
Una
niña
transgénero
es
una
niña
que
supuestamente
fue
hombre
al
nacer
y
un
niño
transgénero
es
un
niño
que
supuestamente
fue
mujer
al
nacer.
Hay
una
amplia
gama
de
identidades
de
género
además
de
hombres
y
mujeres
transgénero
como,
por
ejemplo,
el
género
no
binario.
-
Interés
educativo
legítimo:
la
necesidad
de
tener
información
en
el
expediente
de
un
estudiante
con
el
fin
de
poder
desempeñar
una
obligación
profesional.
-
Género:
conjunto
de
atributos
sociales,
psicológicos
y
emocionales
que
clasifican
a
una
persona
como
tradicionalmente
masculina
o
femenina,
aunque
el
constructo
social
de
género
puede
ser
más
diverso
a
lo
largo
de
un
continuo
en
lugar
de
ser
considerado
como
un
sistema
binario.
-
Identificación
y
apoyo
de
estudiantes
transgénero
y
de
género
no
conforme
-
El
personal
escolar
aceptará
la
afirmación
de
un
estudiante
o
de
sus
padres
o
tutores
con
respecto
al
estatus
de
transgénero
o
de
género
no
conforme
del
estudiante.
-
Las
solicitudes
para
contar
con
adaptaciones
se
presentarán
al
consejero
escolar
del
estudiante
o
al
administrador
de
la
escuela.
Cuando
se
reciba
una
solicitud
para
tener
adaptaciones,
el
consejero
o
administrador
ofrecerá
convocar
a
un
equipo
de
apoyo
multidisciplinario
que
puede
estar
compuesto
por
el
estudiante,
uno
de
sus
padres
o
tutor,
el
administrador
de
la
escuela
o
un
administrativo
designado
y
un
profesional
de
salud
mental
de
la
escuela
que
esté
familiarizado
con
el
estudiante;
maestro(s)
del
aula
y
otros
miembros
del
personal
también
pueden
ser
parte
del
equipo
multidisciplinario,
según
sea
necesario
o
a
solicitud
del
estudiante
o
de
uno
de
sus
padres
o
tutor.
El
estudiante
o
uno
de
sus
padres
o
tutor
opinará
sobre
la
conformación
del
equipo
y
puede
solicitar
que
participen
otros
empleados
de
PWCS.
-
El
equipo
de
apoyo
multidisciplinario
elaborará
un
plan
de
apoyo
al
estudiante
que
le
proporcione
adaptaciones
diseñadas
para
garantizar
el
acceso
equitativo
a
los
programas,
actividades
e
instalaciones
educativas
de
PWCS.
Al
elaborar
el
plan
individualizado
de
apoyo
estudiantil,
el
equipo
multidisciplinario
deberá
considerar
la
edad
y
las
necesidades
del
estudiante,
la
protección
de
la
privacidad
del
estudiante,
la
maximización
de
la
integración
social,
la
minimización
de
la
estigmatización
y
cualquier
riesgo
percibido
para
la
seguridad.
El
plan
individualizado
del
estudiante
deberá
incluir,
pero
no
se
limita
a,
las
siguientes
disposiciones:
-
Un
cronograma
para
la
reconvocación
del
equipo
de
apoyo
multidisciplinario;
-
Un
cronograma
para
que
un
miembro
designado
del
personal
escolar
se
contacte
con
el
estudiante
y/o
sus
padres
o
tutor;
-
Decisiones
con
respecto
a
las
adaptaciones
que
se
le
proporcionarán
al
estudiante
(por
ejemplo,
uso
del
nombre
y
pronombres
preferidos;
acceso
a
las
instalaciones
escolares;
y
participación
en
cursos,
actividades
escolares
y
deportes
específicos
a
un
género);
y
-
Si
corresponde,
un
cronograma
para
apoyar
la
transición
de
género
del
estudiante.
-
Un
cronograma
para
la
reconvocación
del
equipo
de
apoyo
multidisciplinario;
-
El
estudiante
o
el
padre
o
tutor
del
estudiante
puede
solicitar
que
el
equipo
de
apoyo
multidisciplinario
sea
convocado
nuevamente
en
cualquier
momento.
-
El
personal
escolar
aceptará
la
afirmación
de
un
estudiante
o
de
sus
padres
o
tutores
con
respecto
al
estatus
de
transgénero
o
de
género
no
conforme
del
estudiante.
-
Nombre
y
pronombres
del
estudiante
Las escuelas, a petición de un estudiante o de uno de sus padres o tutor, permitirán que el estudiante use el nombre y el pronombre de género que refleje su identidad de género. Los estudiantes no tienen que presentar pruebas fundamentadas, obtener una orden judicial que autorice el cambio de nombre ni cambiar sus expedientes estudiantiles como prerrequisito para que se dirijan a ellos en la escuela por su nombre y pronombre preferido. La negativa intencional o constante de un miembro del personal de respetar la identidad de género de un estudiante (por ejemplo, al referirse intencionalmente al estudiante por el nombre y/o pronombre de género que no corresponde a la identidad de género de un estudiante) es una infracción de este reglamento y es motivo para tomar una medida disciplinaria. Una conducta similar por parte de los estudiantes puede considerarse una infracción de las cláusulas de acoso escolar y hostigamiento del Código de Conducta de PWCS.
-
Expedientes
escolares
-
PWCS
usa
el
nombre
y
género
preferido
de
todos
los
estudiantes,
no
el
nombre
legal
ni
el
sexo
legal,
en
documentos
generados
por
la
escuela,
a
menos
que
el
uso
del
nombre
legal
y
del
sexo
legal
de
los
estudiantes
sea
específicamente
obligatorio.
A
menos
que
un
estudiante
o
uno
de
sus
padres
o
tutor
informe
lo
contrario
a
la
escuela,
PWCS
supone
que
el
nombre
legal
y
el
sexo
legal
del
estudiante
son
los
mismos
que
el
nombre
y
género
preferido
del
estudiante.
Los
documentos
generados
por
la
escuela
incluyen,
pero
no
se
limitan
a,
listas
de
clases,
insignias
de
identificación,
anuncios,
certificados,
periódicos,
boletines
informativos
y
anuarios.
-
PWCS
tiene
la
obligación
de
mantener
un
expediente
oficial
que
incluya
el
nombre
legal
y
el
sexo
legal
del
estudiante
y
es
posible
que
tenga
que
usar
o
reportar
el
nombre
legal
y
el
sexo
legal
del
estudiante
en
algunas
situaciones
como,
por
ejemplo,
para
las
pruebas
estandarizadas.
En
situaciones
en
las
que
un
estudiante
transgénero
o
de
género
no
conforme,
o
uno
de
sus
padres
o
tutor,
ha
solicitado
que
se
use
el
nombre
y
género
preferido
que
no
sea
el
nombre
legal
y
el
sexo
legal
del
estudiante,
como
se
describe
en
la
subsección
A
anterior,
solo
las
autoridades
escolares
que
tengan
un
interés
educativo
válido
en
el
expediente
tendrán
acceso
a
la
documentación
del
nombre
legal
y
sexo
legal
del
estudiante
y
esta
información
solo
puede
ser
divulgada
fuera
de
PWCS
según
lo
permita
la
Ley
de
Privacidad
y
Derechos
Educacionales
de
la
Familia.
-
El
director
del
departamento
de
Servicios
Estudiantiles
(o
su
delegado),
cambiará
el
nombre
legal
y/o
el
sexo
legal
del
estudiante
en
el
expediente
oficial
del
estudiante
después
de
verificar
o
presentar
un
documento
legal
que
corrobore
el
cambio
en
el
nombre
legal
y/o
sexo
legal
(como,
por
ejemplo,
partida
de
nacimiento,
pasaporte,
licencia
de
conducir
de
Virginia
u
orden
judicial).
Los
certificados
finales
de
notas
y
los
diplomas
de
exalumnos
de
PWCS
pueden
volverse
a
emitir
después
de
que
se
verifiquen
o
presenten
dichos
documentos
legales.
-
PWCS
usa
el
nombre
y
género
preferido
de
todos
los
estudiantes,
no
el
nombre
legal
ni
el
sexo
legal,
en
documentos
generados
por
la
escuela,
a
menos
que
el
uso
del
nombre
legal
y
del
sexo
legal
de
los
estudiantes
sea
específicamente
obligatorio.
A
menos
que
un
estudiante
o
uno
de
sus
padres
o
tutor
informe
lo
contrario
a
la
escuela,
PWCS
supone
que
el
nombre
legal
y
el
sexo
legal
del
estudiante
son
los
mismos
que
el
nombre
y
género
preferido
del
estudiante.
Los
documentos
generados
por
la
escuela
incluyen,
pero
no
se
limitan
a,
listas
de
clases,
insignias
de
identificación,
anuncios,
certificados,
periódicos,
boletines
informativos
y
anuarios.
-
Privacidad/confidencialidad
del
estudiante
Todo el personal escolar deberá acatar las normas legales de confidencialidad correspondientes a la información sobre la identidad de género o el sexo legal de un estudiante. Además de acatar todas las normas legales de confidencialidad, el personal escolar tratará la información relacionada con el estatus transgénero de un estudiante como información particularmente confidencial; no la divulgará a otros estudiantes ni a otros padres o tutores; y solo la divulgará a otros miembros del personal escolar con fines educativos legítimos.
-
Código
de
vestuario
-
Se
espera
que
todos
los
estudiantes,
independientemente
de
su
identidad
de
género,
se
vistan
de
acuerdo
con
las
pautas
de
vestimenta
y
apariencia
establecidas
en
el
Código
de
Conducta
de
PWCS,
el
cual
no
establece
requisitos
de
vestimenta
diferentes
para
los
estudiantes
basándose
en
el
género.
Por
lo
tanto,
siempre
que
los
estudiantes
estén
cumpliendo
las
pautas
de
vestimenta
y
apariencia
establecidas
en
el
Código
de
Conducta
de
PWCS,
se
permitirá
a
los
estudiantes
transgénero
y
de
género
no
conforme
vestirse
de
manera
consistente
con
su
identidad
de
género
o
expresión
de
género,
incluso
cuando
se
usan
uniformes
u
otra
ropa
obligatoria
para
programas,
actividades
y
eventos
relacionados
con
la
escuela.
-
El
personal
de
la
escuela
deberá
hacer
cumplir
las
pautas
de
vestimenta
y
apariencia
establecidas
en
el
Código
de
Conducta
de
PWCS
de
manera
consistente,
independientemente
de
la
identidad
de
género
real
o
percibida
o
de
la
expresión
de
género
de
cualquier
estudiante.
-
Se
espera
que
todos
los
estudiantes,
independientemente
de
su
identidad
de
género,
se
vistan
de
acuerdo
con
las
pautas
de
vestimenta
y
apariencia
establecidas
en
el
Código
de
Conducta
de
PWCS,
el
cual
no
establece
requisitos
de
vestimenta
diferentes
para
los
estudiantes
basándose
en
el
género.
Por
lo
tanto,
siempre
que
los
estudiantes
estén
cumpliendo
las
pautas
de
vestimenta
y
apariencia
establecidas
en
el
Código
de
Conducta
de
PWCS,
se
permitirá
a
los
estudiantes
transgénero
y
de
género
no
conforme
vestirse
de
manera
consistente
con
su
identidad
de
género
o
expresión
de
género,
incluso
cuando
se
usan
uniformes
u
otra
ropa
obligatoria
para
programas,
actividades
y
eventos
relacionados
con
la
escuela.
-
Acceso
a
las
instalaciones
-
Todos
los
estudiantes
tendrán
acceso
a
las
instalaciones
(por
ejemplo,
baños
y
vestuarios)
que
correspondan
a
su
identidad
de
género.
-
A
solicitud,
todo
estudiante
que
busque
mayor
privacidad
deberá
tener
a
su
disposición
instalaciones
para
un
solo
usuario
e
inclusivas
en
lo
que
respecta
al
género.
Cualquier
alternativa
que
se
ofrezca
deberá
ser
no
estigmatizante
y
minimizará
la
pérdida
de
tiempo
de
instrucción.
-
Todos
los
estudiantes
tendrán
acceso
a
las
instalaciones
(por
ejemplo,
baños
y
vestuarios)
que
correspondan
a
su
identidad
de
género.
-
Acceso
a
cursos
académicos
-
Las
escuelas
deben
evitar
la
práctica
de
separar
a
los
estudiantes
por
género
en
situaciones
donde
no
haya
un
propósito
educativo
válido.
-
Cuando
las
escuelas
ofrecen
un
curso
específico
por
género
o
un
curso
con
una
sección
específica
por
género,
se
permitirá
a
los
estudiantes
transgénero
y
de
género
no
conforme
inscribirse
en
el
curso
correspondiente
a
su
identidad
de
género.
-
En
los
cursos
en
los
que
se
enseñen
unidades
específicas
de
una
manera
que
se
divida
a
los
alumnos
en
grupos
por
género
(por
ejemplo,
Educación
para
la
Vida
Familiar)
se
permitirá
a
los
estudiantes
transgénero
y
de
género
no
conforme
participar
en
el
grupo
correspondiente
a
su
identidad
de
género.
-
Los
cursos
del
Cuerpo
Juvenil
de
Entrenamiento
Militar
para
Oficiales
de
Reserva
(JROTC)
están
regulados
por
los
comandos
militares
aplicables
y
deberán
cumplir
las
políticas
y
reglas
descritas
por
esos
comandos
militares.
-
Las
escuelas
deben
evitar
la
práctica
de
separar
a
los
estudiantes
por
género
en
situaciones
donde
no
haya
un
propósito
educativo
válido.
-
Participación
en
actividades
escolares
y
equipos
deportivos
-
Excepto
como
se
establece
en
las
subsecciones
B
y
C
abajo,
los
estudiantes
transgénero
y
de
género
no
conforme
podrán
participar
en
actividades
escolares
y
deportes
de
una
manera
consistente
con
su
identidad
de
género.
Como
se
estipula
en
la
sección
VII
arriba,
todos
los
estudiantes
tendrán
acceso
a
las
instalaciones
escolares
que
correspondan
a
su
identidad
de
género.
En
el
caso
de
los
paseos
escolares
donde
se
tenga
que
pasar
la
noche,
un
administrador
trabajará
con
el
estudiante
o
con
uno
de
sus
padres
o
tutor
para
determinar
las
adaptaciones
que
se
le
proporcionarán,
incluyendo
arreglos
de
hotel
y
habitación
compartida,
según
las
circunstancias
particulares
del
paseo.
Antes
de
que
el
estudiante
salga
para
el
paseo
escolar
donde
se
tiene
que
pasar
la
noche,
se
le
explicarán
claramente
cuáles
son
las
adaptaciones
para
el
paseo
escolar
de
noche
y
esta
información
será
confidencial.
-
La
participación
deportiva
regulada
por
la
Liga
de
Escuelas
Secundarias
de
Virginia
(VHSL)
o
por
otra
organización,
tal
como
la
Asociación
Escolar
de
Remo
de
Virginia
(VASRA)
deberá
cumplir
las
políticas
y
reglas
descritas
por
esas
organizaciones.
-
A
falta
de
una
organización
reguladora
independiente
para
participar
en
deportes
de
escuela
intermedia
se
deberá
cumplir
las
políticas
y
reglas
descritas
por
VHSL.
-
Para
actividades
y
deportes
no
regulados
por
VHSL
u
otra
organización
como
VASRA,
las
escuelas
deben
eliminar
o
disminuir
la
práctica
de
separar
a
los
estudiantes
por
género
en
la
medida
de
lo
posible.
-
Excepto
como
se
establece
en
las
subsecciones
B
y
C
abajo,
los
estudiantes
transgénero
y
de
género
no
conforme
podrán
participar
en
actividades
escolares
y
deportes
de
una
manera
consistente
con
su
identidad
de
género.
Como
se
estipula
en
la
sección
VII
arriba,
todos
los
estudiantes
tendrán
acceso
a
las
instalaciones
escolares
que
correspondan
a
su
identidad
de
género.
En
el
caso
de
los
paseos
escolares
donde
se
tenga
que
pasar
la
noche,
un
administrador
trabajará
con
el
estudiante
o
con
uno
de
sus
padres
o
tutor
para
determinar
las
adaptaciones
que
se
le
proporcionarán,
incluyendo
arreglos
de
hotel
y
habitación
compartida,
según
las
circunstancias
particulares
del
paseo.
Antes
de
que
el
estudiante
salga
para
el
paseo
escolar
donde
se
tiene
que
pasar
la
noche,
se
le
explicarán
claramente
cuáles
son
las
adaptaciones
para
el
paseo
escolar
de
noche
y
esta
información
será
confidencial.
-
Acoso
escolar,
hostigamiento
y
discriminación
-
PWCS
prohíbe
todo
tipo
de
discriminación,
hostigamiento
o
acoso
escolar
de
estudiantes
por
cualquier
motivo
prohibido
por
la
ley,
lo
que
incluye
la
identidad
de
género.
-
Los
reportes
o
denuncias
que
aleguen
discriminación,
hostigamiento
o
acoso
escolar
basados
en
la
identidad
de
género
real
o
percibida
del
estudiante
o
en
su
estatus
de
transgénero
serán
tratados
de
la
misma
manera
que
otras
denuncias
de
acoso
escolar,
discriminación
u
hostigamiento.
En
consecuencia,
deberá
darse
atención
inmediata
a
todo
reporte
o
denuncia
de
este
tipo,
la
cual
deberá
ser
investigada
y
resuelta
de
conformidad
con
los
reglamentos
738-1,
"Resolución
de
acusaciones
contra
estudiantes
por
mala
conducta
sexual"
o
738-3,
"Resolución
de
acusaciones
contra
estudiantes
por
discriminación
u
hostigamiento"
u
otro
mecanismo
de
resolución
de
denuncias
de
PWCS,
según
corresponda.
-
El
oficial
de
Título
IX
y
Equidad
Estudiantil
estará
disponible
para
escuchar
las
inquietudes
de
un
estudiante
o
de
los
padres
o
tutores
del
estudiante.
-
PWCS
prohíbe
todo
tipo
de
discriminación,
hostigamiento
o
acoso
escolar
de
estudiantes
por
cualquier
motivo
prohibido
por
la
ley,
lo
que
incluye
la
identidad
de
género.
-
Desarrollo
y
Capacitación
Profesional
Todos los administradores escolares y profesionales de salud mental de la escuela recibirán capacitación en temas relacionados con estudiantes transgénero y de género no conforme, lo que incluye cómo ofrecer seguridad y apoyo a los estudiantes transgénero y de género no conforme en los programas y actividades educativas de PWCS.
El superintendente asociado de Educación Especial y Servicios Estudiantiles (o su delegado) es responsable de implementar y supervisar este reglamento.
Este reglamento y la normativa relacionada se revisarán al menos cada cinco años y serán corregidos según sea necesario.