Libro: Normativas y reglamentos
Seccción: 700 - Estudiantes
Título: Reglamento - Manejo de reacciones alérgicas en la escuela/centro de cuidado de niños en edad escolar: administración de la autoinyección de epinefrina
Código: 757-2
Estado: Activo
Aprobada: 12 de junio de 2019
Estudiantes
REGLAMENTO 757-2
MANEJO DE REACCIONES ALÉRGICAS EN LA ESCUELA/CENTRO DE CUIDADO DE NIÑOS EN EDAD ESCOLAR:
ADMINISTRACIÓN DE LA AUTOINYECCIÓN DE EPINEFRINA
-
La
epinefrina
puede
administrarse
en
la
escuela,
durante
las
actividades
patrocinadas
por
la
escuela
o
durante
el
horario
del
programa
de
Cuidado
de
Niños
en
Edad
Escolar
(SACC,
por
sus
siglas
en
inglés)
con
el
Plan
de
Atención
de
Emergencias
por
Alergias
Alimentarias
y
Anafilaxis
(FAAECP)
(Anexo
II)
firmado
por
el
proveedor
de
atención
médica
y
el
padre/madre/tutor.
Los
padres
de
familia/tutores
también
deben
llenar
el
Formulario
de
Historial
de
Alergias
del
Estudiante
(Anexo
I).
-
El
enfermero
de
la
escuela
ofrece
capacitación
en
administración
de
epinefrina
a
todos
los
miembros
del
personal
al
comienzo
de
cada
año
escolar
y
según
sea
necesario
durante
todo
el
año
escolar.
Un
mínimo
de
tres
miembros
del
personal
designados
por
el
director
del
edificio,
sin
incluir
al
enfermero
de
la
escuela,
actuarán
como
personal
capacitado
para
administrar
la
epinefrina.
-
Los
padres
de
familia/tutores
deben
notificar
al
maestro/patrocinador
sobre
la
alergia
del
niño
cuando
el
estudiante
se
quede
para
cualquier
actividad
patrocinada
por
la
escuela
después
de
las
actividades
de
la
escuela.
La
enfermería
cierra
después
de
la
salida
y
el
enfermero/asistente
de
la
enfermería
no
está
en
el
edificio
escolar.
Se
sugiere
encarecidamente
que
los
estudiantes
de
escuela
intermedia
y
secundaria
lleven
su
propio
autoinyector
para
que
lo
tengan
rápidamente
a
su
alcance.
Para
que
los
estudiantes
lleven
un
autoinyector
de
epinefrina,
el
proveedor
de
atención
médica,
el
padre/madre/tutor
y
el
estudiante
deben
firmar
y
fechar
el
formulario
Autorización
para
que
el
Estudiante
Lleve
o
se
Autoadministre
Epinefrina
(Anexo
IV).
La
resolución
del
departamento
de
Servicios
Sociales
no
permite
que
los
estudiantes
que
asisten
al
SACC
lleven
por
cuenta
propia
o
se
autoadministren
epinefrina.
Se
notificará
a
los
padres
de
familia/tutores
antes
de
que
inscriban
al
niño
en
el
SACC.
-
Cualquier
miembro
del
personal
escolar
o
Contratista
de
Cuidado
Infantil
(CCC)
puede,
sin
perjuicio
de
lo
dispuesto,
rechazar
la
responsabilidad
de
administrar
la
medicación
de
epinefrina
al
estudiante.
-
El
formulario
de
Solicitud
de
los
Padres
de
Familia/Tutores
para
la
Administración
de
Medicamentos
por
Reacciones
Alérgicas
(Anexo
III)
se
llenará
y
firmará
antes
de
la
administración
de
medicamentos
por
parte
de
cualquier
Escuela
Pública
del
Condado
de
Prince
William
(PWCS)
o
empleado
del
CCC.
-
Se
conservará
en
la
oficina
de
salud
de
la
escuela
una
copia
del
FAAECP
y
del
Plan
de
Cuidado
de
Salud
de
Personas
con
Alergias
Graves
(SAIHCP).
El
SAIHCP
se
distribuirá
a
todo
el
personal
esencial
y
al
SACC.
- Los padres de familia/tutores serán responsables de suministrar el medicamento necesario a la oficina de la enfermería de la escuela según lo prescrito en el FAAECP, asegurándose de que el medicamento no haya excedido la fecha de vencimiento. El medicamento debe estar en el envase original con la etiqueta de la farmacia. Todos los medicamentos de venta libre deben estar en el envase original sin abrir. Los padres de familia/tutores también son responsables de garantizar que los medicamentos que lleve consigo un estudiante para autoadministrárselos cumplan estos requisitos.
-
Cualquier
persona
que,
de
buena
fe
y
sin
lucrar,
administre
medicamentos
a
una
persona
a
quien
se
le
haya
recetado
epinefrina,
no
será
responsable
por
daños
civiles
por
actos
u
omisiones
que
resulten
de
la
aplicación
de
dicho
tratamiento
si
tiene
motivos
para
creer
que
la
persona
que
recibe
la
inyección
está
sufriendo
o
está
por
sufrir
una
reacción
anafiláctica
que
ponga
su
vida
en
riesgo.
-
El
FAAECP
tiene
vigencia
para
un
año
escolar/SACC
y
deberá
renovarse
al
comienzo
de
cada
año
escolar/SACC
y
estar
fechado
después
del
1°
de
mayo.
- Se han elaborado directrices para el «Manejo de alergias potencialmente mortales en las escuelas y los Centros de Cuidado de Niños en Edad Escolar» para ayudar a PWCS en la implementación de procedimientos integrales que promuevan una nutrición saludable para todos los estudiantes poniendo énfasis en los estudiantes con alergias alimentarias potencialmente mortales. Este documento puede encontrarse en la página web de la oficina de Servicios Estudiantiles bajo Servicios de Salud Escolar.
El superintendente asociado de Educación Especial y Servicios Estudiantiles (o su representante) es responsable de implementar y supervisar este reglamento.
Este reglamento y la normativa relacionada se revisarán al menos cada cinco años y serán corregidos según sea necesario.
Anexos:
Anexo I, Formulario de historial de alergia del estudiante
Anexo II, Formulario de Plan de atención de emergencias de alergias alimentarias y anafilaxia
Anexo III, Solicitud para la administración de medicamentos por reacciones alérgicas
Anexo IV, Permiso para que el estudiante lleve o se autoadministre epinefrina
Anexo V, Formulario de Plan de atención médica de personas con alergias graves