Libro: Normativas y reglamentos
Sección: 700 - Estudiantes
Título: REGLAMENTO - Apelaciones a la Junta Escolar por suspensión a largo plazo y expulsión
Código: 745-6
Estado: Activo
Revisado por última vez: 16 de julio de 2024
Estudiantes
Reglamento 745-6
Apelaciones a la Junta Escolar por suspensión a largo plazo y expulsión
Para los propósitos de este reglamento, el término “día escolar” significa cualquier día en que la escuela se encuentre en sesión con fines de instrucción y el término “día hábil” significa cualquier día en que las oficinas centrales de las Escuelas Públicas del Condado de Prince William (PWCS) se encuentren abiertas. Cuando este reglamento requiera que una solicitud se efectúe por escrito o que se presente un documento ante cualquier agente, empleado o departamento de la división escolar en un día específico, dicho escrito o documento debe ser transmitido a dicho agente, empleado o departamento antes de las 4 p. m. en la escuela o día laborable mencionado.
Si alguna parte, sección, subsección, oración, cláusula o frase de este reglamento es, por alguna razón, declarada inconstitucional o inválida, o que de alguna manera infringe la ley, dicha declaración no afectará la validez de cualquier otra parte de este reglamento, siendo la intención expresa de la Junta Escolar que cada provisión permanezca independiente y que la indivisibilidad sea aplicada hasta el máximo permitido por la ley.
El superintendente asociado de Servicios Estudiantiles y Éxito Postsecundario (o un representante designado) es el responsable de implementar y supervisar esta normativa.
Este reglamento y la normativa correspondiente deberán revisarse por lo menos cada cinco años y modificarse según sea necesario.